16 60. La información allegada a la Corte durante la etapa de supervisión de cumplimiento permite constatar que, con posterioridad a la emisión de su Sentencia, se han dado avances en la investigación ante la jurisdicción penal ordinaria. En su Sentencia de 11 de mayo de 2007 la Corte hizo notar, inter alia, que, habiendo transcurrido 18 años de investigaciones por los hechos de la masacre, solamente habían sido condenados 6 miembros del grupo paramilitar “Los Masetos”, un directivo del grupo paramilitar Asociación de Ganaderos y Campesinos del Magdalena Medio (en adelante “ACDEGAM”) y un militar (quien era sargento), este último tan sólo por el delito de encubrimiento12. Según la información allegada a la Corte, entre junio de 2007 y abril de 2010 se obtuvieron los siguientes resultados y actuaciones: a) se condenó a dos personas a 40 años de pena privativa de libertad; b) se emitieron resoluciones de acusación contra 6 personas; c) se emitieron decisiones de vinculación a la investigación contra 4 personas (dos ex paramilitares y dos “agentes del Estado”); d) se resolvió la situación jurídica de tres personas (dos ex paramilitares y un “agente del Estado”) y se les profirió detención preventiva por los delitos de homicidio agravado múltiple y concierto para delinquir. No consta que la detención se haya hecho efectiva; e) se decidió continuar con la investigación contra un “ex agente del Estado” (ex teniente Luis Enrique Andrade Ortiz), se libró orden de captura en su contra y se celebró la audiencia pública de juzgamiento en su contra. El Estado no informó por cuál delito se le estaría investigando. Según consta en la Sentencia, en 1989 se había decretado la cesación del procedimiento a su favor por el delito de homicidio en la jurisdicción penal militar 13 y en enero de 2007 se le vinculó en la investigación penal ordinaria por el delito de concierto para delinquir14; f) se citó a rendir indagatoria a tres “ex agentes del Estado” (generales en retiro) y a un ex congresista. Se recibió la indagatoria de uno de esos generales en retiro y la del ex congresista. Ninguno de esos ex agentes del Estado había sido vinculado formalmente a la investigación cuando la Corte dictó su Sentencia y se había emitido una resolución inhibitoria respecto del referido ex congresista, y g) se resolvió remitir la investigación a la Corte Suprema de Justicia para que adelantara la actuación contra el referido ex congresista y “dos ex miembros de la fuerza pública”. No consta que esta remisión se haya efectivamente realizado. 61. Las anteriores actuaciones denotan que en los últimos tres años se ha condenado a dos personas y se está investigando o juzgando aproximadamente a otras 14 personas, en su mayoría ex paramilitares y algunos ex agentes estatales. Asimismo, ello denota que se han dado unos primeros pasos en investigar la participación de altos mandos militares y otros agentes estatales; sin embargo, no se han proferido sentencias condenatorias contra ningún ex agente estatal. Si bien se han dado avances en la investigación y sanción, es preciso que el Estado continúe investigando con la mayor debida diligencia posible para lograr la determinación de todos los responsables por la masacre de La Rochela. Al respecto, resulta necesario recordar la gravedad de los delitos cometidos en este caso, que implicaron una compleja estructura de personas involucradas en el planeamiento y ejecución del crimen15. En el proceso ante la Corte el propio Estado reconoció que por lo menos cuarenta miembros del grupo paramilitar “Los Masetos”, contando con la cooperación y aquiescencia de agentes estatales, inicialmente 12 13 14 15 Cfr. Cfr. Cfr. Cfr. Caso Caso Caso Caso de de de de la la la la Masacre Masacre Masacre Masacre de de de de la la la la Rochela Rochela Rochela Rochela Vs. Vs. Vs. Vs. Colombia, Colombia, Colombia, Colombia, supra supra supra supra nota nota nota nota 6, 6, 6, 6, párr. párr. párr. párr. 159. 201. 202. 158.

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