10 la implementación de las medidas provisionales en el presente caso se examinaran conjuntamente en una audiencia de carácter privado. Por tanto: La Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 63.2, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con los artículos 24.1, 25.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte, y con los artículos 4, 15.1, 26.9, 30.2 y 63 del Reglamento de la Corte y, en consulta con los demás Jueces del Tribunal, Resuelve: 1. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al Estado de Guatemala y a los representantes de los beneficiarios de las medidas provisionales, a una audiencia privada que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el día 1 de octubre de 2009, a partir de las 9:00 horas y hasta las 10:30 horas, con el propósito de que la Corte obtenga información por parte del Estado sobre el único punto pendiente de cumplimiento de la Sentencia dictada en el presente caso, escuche las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de los representantes de los beneficiarios de las medidas, y reciba información sobre la implementación y efectividad de las medidas provisionales, en los términos señalados en los párrafos considerativos 11, 12, 20 y 21 de la presente Resolución. 2. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de los familiares de las víctimas y de los beneficiarios. Cecilia Medina Quiroga Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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