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Quintero, Claudia Patricia Monsalve, Marta Soto, Silvia Quintero, Gloria
Herney Galíndez, Gladys Ávila, Rocío Bautista y María Eugenia Cárdenas y sus
familiares; y
b.
adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para asegurar
que las personas que trabajan o que acudan a las oficinas de la Asociación de
Familiares de Detenidos Desaparecidos, de Colombia (ASFADDES) puedan
ejercer sus funciones o gestiones sin peligro para su vida e integridad
personal.
2.
Requerir al Estado de Colombia que adopte las medidas necesarias para
asegurar el derecho a la vida e integridad personal de los familiares de Francisco
García, para lo cual solicita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que,
en un plazo de quince días a partir de que la presente Resolución le sea notificada,
presente al Estado de Colombia un listado de las personas a cuyo favor debe éste
adoptar dichas medidas de protección.
3.
Requerir al Estado de Colombia que investigue los hechos expuestos por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos que dieron origen a la adopción de
las presentes medidas, con la finalidad de obtener resultados eficaces que lleven a
descubrir a los responsables y sancionarlos. Dicha obligación de investigar, como la
de prevenir y sancionar, debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico y no
como una simple formalidad.
4.
Solicitar al Estado de Colombia que brinde participación a los peticionarios en
la planificación e implementación de las presentes medidas y que, en general, les
mantenga informados sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos.
5.
Requerir al Estado de Colombia que, a partir de la fecha de notificación de
esta Resolución, amplíe sus informes periódicos a efectos de incluir información
relativa a las medidas provisionales adoptadas mediante la presente Resolución, y
continúe presentándolos cada dos meses.
6.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que remita a la
Corte Interamericana de Derechos Humanos sus observaciones sobre dichos
informes, en un plazo no mayor de seis semanas contadas desde su recepción.
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Hernán Salgado Pesantes
Oliver Jackman
Alirio Abreu Burelli
Sergio García Ramírez
Carlos Vicente de Roux Rengifo