III. DETERMINACIONES DE HECHO A. Antecedentes 18. Balbina Francisca Rodríguez Pacheco, venezolana, nació el 18 de septiembre de 1966. De profesión médica cirujana, con especialidad en medicina familiar, casada con Carlos Enrique Hernández Guedez, venezolano, de profesión médica, madre de tres hijos. Aura de las Mercedes Pacheco Briceño, venezolana, abogada, apoderada judicial de su hija Balbina Francisca Rodríguez Pacheco. 19. La doctora Balbina Francisca Rodríguez Pacheco, en estado de embarazo, acudió a la consulta del doctor Julio César Zumeta Peña, ginecólogo obstetra, en la Clínica Las Mercedes, para un control prenatal. En la oportunidad, el médico advirtió la presencia de un embarazo de alto riesgo por haber tenido cesáreas anteriores y encontró, mediante un estudio ecográfico, la placenta previa centrocursiva 2. En virtud de ello, a petición de la paciente y de mutuo acuerdo, se acordó realizar una cesárea electiva el 13 de agosto de 1998 3. 1. Intervenciones quirúrgicas 1.1. Primera intervención quirúrgica y primer alegado acto de mala praxis médica 20. El 13 de agosto de 1998 aproximadamente a las 9 de la mañana en el Centro Materno Infantil Policlínica La Concepción C.A., clínica privada, la señora Rodríguez Pacheco, de 31 años de edad, fue sometida a una cesárea. El equipo médico estuvo conformado por el doctor Julio César Zumeta Peña, como cirujano principal, el doctor Grover Castellón Céspedes, como cirujano ayudante, el doctor Manuel Alfredo Alvarado Giménez, en calidad de anestesiólogo, y la doctora Miriam Cruz Amador de Perozo, como pediatra. Esta última, al nacer el niño, lo recibió y trasladó a la sala de parto para atenderlo 4. Asimismo, estuvo presente durante la cesárea el médico internista Carlos Enrique Hernández Guedez, cónyuge de Balbina Francisca Rodríguez Pacheco, quién en dicha calidad la acompañó. 21. Balbina Rodríguez Pacheco habría presentado, según el cirujano principal, un acretismo placentario (inserción profunda de la placenta en el músculo uterino). Según la peticionaria, fue de dicho hallazgo durante la cesárea, que solicitó se le hiciera una histerectomía (extirpación del útero) 5 con la que su cónyuge presente en el pabellón estuvo de acuerdo y también sugirió al médico tratante practicarla. Ante la negativa del cirujano principal de realizar una histerectomía, la señora Rodríguez Pacheco insistió diciéndole que “prefería estar viva y sin útero por la alta mortalidad que esta complicación presentaba” 6. Sin embargo, según lo también expuesto por la peticionaria, el doctor Zumeta Peña habría señalado que el sangramiento aparentemente había cedido y “no era el momento indicado para hacerlo ya que se logró extraer la placenta y cohibir el sangrado” 7. Anexo 1. Acta de entrevista a Julio César Zumeta Peña de fecha 14 de abril de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 17). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 3 Anexo 1. Acta de entrevista a Julio César Zumeta Peña de fecha 14 de abril de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 17). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 4 Anexo 2. Acta de entrevista a Miriam Cruz Amador de Perozo de fecha 5 de marzo de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 7). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 5 Anexo 3. Denuncia interpuesta Balbina Francisca Rodríguez Pacheco el 18 de enero de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 3). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 6 Anexo 3. Denuncia interpuesta por Balbina Francisca Rodríguez Pacheco el 18 de enero de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 3). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 7 Anexo 1. Acta de entrevista a Julio César Zumeta Peña de fecha 14 de abril de 1999, ante la Delegación del Estado Lara del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial. Consta en sentencia de 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo de Caracas (folio 17). Anexo B del escrito de la peticionaria de 3 de julio de 2012. 2 4

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