54
dispusieron el levantamiento de los cadáveres de los emerretistas 171 y ordenaron el traslado de los
mismos al Hospital Central de la Policía Nacional del Perú172, donde se llevaron a cabo las necropsias
parciales bajo las órdenes del Comandante Médico PNP Herbert D. Ángeles Villanueva173. En dicho
hospital procedieron a identificar a los catorce emerretistas como NN1, NN2, NN3, NN4, NN5, NN6,
NN7, NN8, NN9, NN10, NN11, NN12, NN13 y NN14174.
170. En el Acta de identificación y levantamiento de cadáveres realizada el 23 de abril de 1997 y
suscrita por el Juez Militar Especial y el Fiscal Militar Especial se deja constancia que175: el cadáver
NN9, luego identificado como perteneciente a Víctor Salomón Peceros Pedraza, presentaba “tres
perforaciones en lado derecho de abdomen, otras dos heridas de bala en la cara, lado derecho y
tres perforaciones en la cabeza”; el cadáver NN10, luego identificado como perteneciente a Herma
Luz Meléndez Cueva, fue encontrado a medio metro del cadáver de Víctor Salomón Peceros Pedraza
y presentaba “seis perforaciones de bala [y una] herida de bala debajo del ojo izquierdo”, y que el
cadáver de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez había sido encontrado en el primer piso al fondo de la
residencia y presentaba “un orificio grande en la cabeza lado derecho parte superior de la oreja, […]
y tenía en la mano derecha una granada que no llegó a lanzar”.
171. Las necropsias parciales preferenciales realizadas determinaron, por su parte, que los
catorce emerretistas fallecieron por “shock hipovolémico” como consecuencia de heridas causadas
por proyectil de arma de fuego176. Específicamente, la necropsia correspondiente a Eduardo Nicolás
Cruz Sánchez indica que presentaba en la cabeza una “herida severa por proyectil de arma de fuego
en [el] lado derecho con fracturas expuestas y pérdida de masa encefálica” y “paquipleuritis
bilateral” en el tórax 177. Víctor Salomón Peceros Pedraza presentaba “heridas [por proyectil de arma
de fuego] a nivel de cabeza, tórax y extremidades” 178, y Herma Luz Meléndez Cueva presentaba
171
Cfr. Informe No. 01/1a Div FFEE Operación “Chavín de Huántar” (Operación de rescate de rehenes), 30 de abril
1997, pág. 11 (expediente de prueba, tomo I, anexo 2.a al sometimiento del caso, folio 52).
172
Cfr. Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del
Embajador de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folio 123).
173
Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al
sometimiento del caso, folios 750 a 764), e Informe N° 02-2001.sap-DAD.HCPNP.602122 de 26 de enero de 2001
(expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folio 18917). Véase también, Comisión de la Verdad y
Reconciliación, Informe Final, 2003, Tomo VII, capítulo 2.66, Las ejecuciones extrajudiciales en la residencia del embajador
de Japón (1997), pág. 725 (expediente de prueba, tomo I, anexo 1 al sometimiento del caso, folio 11); Sentencia emitida
por la Tercera Sala Penal Especial Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima el 15 de octubre de 2012 (expediente
de prueba, tomo XX, anexo a las observaciones de los representantes a las excepciones preliminares del Estado, folio
13575), y Decisión emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Recurso de
Nulidad No. 3521-2012 el 24 de julio de 2013 (expediente de prueba, tomo XXI, prueba para mejor resolver, folios 14703 a
14704).
174
Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al
sometimiento del caso, folios 750 a 764), y Comisión de la Verdad y Reconciliación, Informe Final, 2003, Tomo VII, capítulo
2.66, Las ejecuciones extrajudiciales en la residencia del embajador de Japón (1997), pág. 725 (expediente de prueba,
tomo I, anexo 1 al sometimiento del caso, folio 11).
175
Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del Embajador
de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folios 120 a 122).
176
Cfr. Necropsias parciales preferenciales de los catorce emerretistas de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba,
tomo II, anexo 16 al sometimiento del caso, folios 750 a 764). Véase también, Atestado Nro. 04-DIRPOCC-DIVAMP-PNP
elaborado por la Policía Nacional del Perú de 2 de mayo de 2002 (expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR,
folios 18087 a 18093).
177
Necropsia parcial preferencial No. 14 de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al
sometimiento del caso, folio 764).
178
Necropsia parcial preferencial No. 09 de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al
sometimiento del caso, folio 759).
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos