y, en atención a la situación descrita, encuentra lo siguiente sobre la situación de los
propuestos beneficiarios:
a. Todos ellos son beneficiarios de medidas cautelares otorgadas por la Comisión
Interamericana. Sin embargo, el Estado no ha informado a la Comisión sobre la
adopción de medidas de protección para atender la situación de riesgo en que se
encuentran34.
b. Se trata de personas identificadas como presos y presas políticas por su
participación en actividades percibidas como actos de oposición al actual gobierno
de Nicaragua35. Además, tanto sus detenciones como los procesos penales seguidos
en su contra habrían estado caracterizados por irregularidades36.
c. Los propuestos beneficiarios se encontrarían detenidos en condiciones insalubres,
caracterizadas por hacinamiento, falta de baterías sanitarias, acceso limitado a
agua potable y presencia de plagas de insectos37. En uno de los casos se reportó
que el propuesto beneficiario permanecería en aislamiento, sin que se le permita
ninguna actividad de recreación, mientras que otro permanecería recluido en una
celda de castigo38. Adicionalmente, no contarían con lugares adecuados para dormir
y tendrían acceso limitado a luz solar e iluminación artificial39.
d. Los propuestos beneficiarios no estarían recibiendo atención médica o la recibida
no sería adecuada40. Además, la situación que viven estaría impactando su salud
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 20, 23, 26, 30,
33, 35, 37, 40, 42, 44, 47 y 51.
34
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 23, 26, 30, 33,
35, 37, 40, 42, 44, 47 y 51.
35
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 23, 26, 31, 33,
35, 37, 40 y 51.
36
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua., supra, Considerandos 23, 27, 31, 38,
43, 45 y 52; Escrito de observaciones remitido por los representantes de los beneficiarios Norlan José Cárdenas
Ortíz, Jaime Enrique Navarrete Blandón, Osman Marcel Aguilar Rodríguez, Ezequiel de Jesús González Alvarado,
Denis Javier Palacios Hernández, Uriel José Pérez y Ernesto Antonio Ramírez García el 30 de enero de 2023, y
Escrito de observaciones remitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 6 de febrero de 2023.
37
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 27 y 36, y Escrito
de observaciones remitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 6 de febrero de 2023.
38
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 23, 27, 31, 38,
52, y Escrito de observaciones remitido por los representantes de los beneficiarios Norlan José Cárdenas Ortíz,
Jaime Enrique Navarrete Blandón, Osman Marcel Aguilar Rodríguez, Ezequiel de Jesús González Alvarado, Denis
Javier Palacios Hernández, Uriel José Pérez y Ernesto Antonio Ramírez García el 30 de enero de 2023.
39
Cfr. Asunto 11 personas privadas de libertad en 3 centros de detención y sus núcleos familiares, en el
marco de las medidas provisionales adoptadas en los asuntos Juan Sebastián Chamorro y otros y 45 personas
privadas de su libertad en 8 centros de detención respecto de Nicaragua, supra, Considerandos 23, 28, 31, 38,
41, 43, 45, 48, 49, 52; Escrito de observaciones remitido por los representantes de los beneficiarios Norlan José
Cárdenas Ortíz, Jaime Enrique Navarrete Blandón, Osman Marcel Aguilar Rodríguez, Ezequiel de Jesús González
Alvarado, Denis Javier Palacios Hernández, Uriel José Pérez y Ernesto Antonio Ramírez García el 30 de enero de
2023; Escrito de observaciones remitido por los representantes de los beneficiarios Edder Oniel Muñoz Centeno
y José Santos Sánchez Rodríguez el 30 de enero de 2023; Escrito de observaciones remitido por los
representantes del beneficiario Juan Lorenzo Holmann el 30 de enero de 2023, y Escrito de observaciones
remitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 6 de febrero de 2023.
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