Prevenir y Sancionar la Tortura. En virtud de estas conclusiones, la Comisión efectuó las recomendaciones respectivas. II. TRÁMITE ANTE LA CIDH POSTERIOR AL INFORME DE ADMISIBILIDAD 6. El 25 de febrero de 2005 la CIDH emitió el Informe de Admisibilidad No. 22/052. Éste fue notificado a las partes el 16 de marzo de 2005, de conformidad con el artículo 38.1) de su Reglamento vigente. Asimismo, de conformidad con el artículo 48.1.f) de la Convención y el artículo 38.2) de su Reglamento, la CIDH se puso a disposición de las partes a fin de llegar a una solución amistosa en el asunto. 7. Mediante escrito de 29 de marzo de 2005 los peticionarios presentaron información. Asimismo, el 11 de abril de 2005 el Estado informó sobre su disposición de llegar a un acuerdo de solución amistosa. La CIDH trasladó el ofrecimiento a los peticionarios y les solicitó que informaran si tenían interés en iniciar dicho procedimiento. Mediante escrito de 10 de mayo de 2005 los peticionarios expresaron su consentimiento y presentaron una propuesta para un eventual acuerdo. La CIDH trasladó la información recibida al Estado, para sus observaciones. 8. El 6 y 14 de julio de 2005 se recibieron escritos del señor Edgar Ortiz con información sobre el caso y la búsqueda de una solución amistosa. Dichos escritos fueron trasladados al Estado para sus observaciones. El 28 de julio de 2005 el Estado solicitó prórroga para presentar su respuesta, la cual fue concedida y el 24 de agosto siguiente, el Estado informó su decisión de retirarse del proceso de solución amistosa. Esta comunicación fue trasladada al peticionario para sus observaciones. El 19 de octubre y 14 de noviembre de 2005 el peticionario presentó información sobre los esfuerzos hacia una solución amistosa, la cuales fueron trasladadas al Estado. 9. El 25 de febrero y 9 de marzo de 2006, el señor Edgar Ortiz y la señora Zaida Hernández presentaron, respectivamente, escritos relativos a su postura sobre el procedimiento de solución amistosa. El 16 de marzo de 2006, el peticionario presentó información sobre el proceso penal. Estas comunicaciones fueron trasladadas al Estado. El 18 de julio y 6 de septiembre de 2006 el Estado refirió a las posiciones de los peticionarios; la CIDH trasladó esa información y solicitó sus observaciones. 10. El 19 y 21 de septiembre de 2006 se recibieron escritos sobre el procedimiento de solución amistosa de la señora Zaida Hernández y el señor Edgar Ortiz, respectivamente, los cuales fueron trasladados al Estado para sus observaciones. El 20 de octubre, 1 y 6 de noviembre de 2006, se recibió información de ambos peticionarios sobre el procedimiento de solución amistosa, incluyendo una propuesta de acuerdo. La CIDH trasladó la información al Estado para que presentara sus observaciones. 11. El 5 de marzo y 26 de julio de 2007 y 20 y 21 de enero de 2008, los peticionarios informaron que no habría avances en la búsqueda de una solución amistosa. La CIDH trasladó los escritos solicitó al Estado sus observaciones. El 26 de febrero de 2008 los peticionarios presentaron sus alegatos sobre la violación de derechos consagrados en la Convención. Mediante comunicación de 2 de abril de 2008, la CIDH informó a las partes que, en vista de lo manifestado por los peticionarios, y de conformidad con el artículo 41.4) y 6) de su Reglamento, daba por concluida su intervención en el procedimiento de solución amistosa y proseguía con el trámite del caso. 12. El 11 de agosto de 2008, la Comisión recibió observaciones adicionales del Estado sobre el procedimiento de solución amistosa e información sobre el proceso penal, la cual fue traslada a los peticionarios para sus observaciones. El 15 de octubre de 2008 se recibió la respuesta de los peticionarios, la cual fue trasladada al Estado. 13. Mediante comunicación de 5 de mayo de 2009 la CIDH otorgó a los peticionarios un plazo de dos meses para que presentaran sus observaciones adicionales sobre el fondo, de acuerdo a lo establecido en 2 CIDH, Informe No. 22/05 (Admisibilidad), Caso 12.270, Johan Alexis Ortiz Hernández, Venezuela, 25 de febrero de 2005. 2

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