D.
Diligencias, investigaciones y procesos judiciales iniciados por la muerte de Johan
Alexis Ortiz Hernández
44.
Como consecuencia de la muerte de la presunta víctima, se iniciaron investigaciones por
parte del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial (en adelante “CTPJ”) y en la jurisdicción penal militar bajo la
vigencia del Código de Enjuiciamiento Criminal de 1962 y el Código Orgánico de Justicia Militar de 1998.
Asimismo, otras autoridades como la Asamblea Legislativa y la Defensoría del Pueblo del estado Táchira,
adelantaron actuaciones relacionadas con el esclarecimiento de estos hechos. Posteriormente, en el año 1999,
la jurisdicción penal ordinaria adelantó un expediente penal.
45.
Según consta en el expediente, en el marco de las investigaciones y procesos iniciados, los
padres del señor Ortiz presentaron numerosas solicitudes a diferentes autoridades aportando copiosa
información sobre las averiguaciones realizadas por ellos mismos en torno a las circunstancias bajo las cuales
habría fallecido su hijo y solicitando su intervención para lograr el esclarecimiento de los hechos, la práctica
de pruebas y denunciar irregularidades, así como reclamar justicia por la muerte de su hijo.
46.
En el presente análisis, la CIDH tiene en cuenta el contenido de varias de esas solicitudes, sin
que se trate de un listado exhaustivo de las mismas, a fin de establecer las consecuencias jurídicas que
correspondan bajo la Convención Americana. Bajo la misma lógica, la Comisión realizará las determinaciones
respectivas teniendo en cuenta que en el trámite del caso se aportaron, entre otras, copias parciales del
expediente interno y que los peticionarios alegaron en distintas oportunidades que no pudieron acceder a la
totalidad de las piezas procesales del expediente interno.
1.
Investigación y proceso judicial en la jurisdicción penal militar
47.
El 15 de febrero de 1998 detectives de la PTJ realizaron inspección ocular en la cancha de
comando del Destacamento No. 19 de la Guardia Nacional, sector Caño Negro, Municipio Fernández Feo,
estado Táchira29. Dicha autoridad instruyó el expediente No. 064-715 por la muerte del señor Ortiz.
48.
En la madrugada del 16 de febrero, el padre fue a los Comandos Rurales de Caño Negro. Ahí
lo recibió el Capitán Eddin Ruben Villasmil Antunez, quien le reiteró la versión del “accidente” y le informó
que el presunto autor de los disparos era el Guardia Nacional Jean Carlos Rafael Malpica Calzadilla, por ser
quien fungió como instructor de la práctica30. El 17 de febrero de 1998 los padres del señor Ortiz solicitaron a
la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público una investigación por su muerte31.
49.
El 19 de febrero de 1998 el señor Ortiz en compañía de su esposa y el esposo de la señora
Zaida de Arellano, se trasladaron a los Comando Rurales de Caño Negro. Allí fueron recibidos por el Teniente
[… continuación]
presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998.
Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000; Anexo 23. Sección “Resumen de hechos relacionados al caso de la muerte de Johan A.
Ortiz”, documento con sello de recibido del Ministerio de la Defensa. Fecha ilegible”, folio 34. Anexo al escrito de los peticionarios
recibido el 16 de junio de 2000; y Anexo 19. Escrito de 17 de febrero de 1998, dirigido al Dr. Hernan Roa Contreras, Fiscal Cuarto del
Ministerio Público, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000.
29 Inspección ocular No. 649 de 15 de febrero de 1998, suscrita por los funcionarios del Cuerpo Técnico de Policía Judicial,
Detective Camilo Bonilla y Agente Héctor Gámez. Citada en el Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de
2013, pág. 6. Anexo al escrito de los peticionarios de 21 de abril de 2013.
30 Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia,
Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000.
31 Anexo 19. Escrito de 17 de febrero de 1998, dirigido al Dr. Hernan Roa Contreras, Fiscal Cuarto del Ministerio Público,
suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000.
10