versaban sobre derechos humanos en general o temas particulares que tenían poca o ninguna relación con los límites del fuero militar y a la desaparición forzada de personas. Finalmente, con respecto a las capacitaciones dirigidas a funcionarios de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y de la Secretaría de Marina (SEMAR), los representantes reconocieron que éstas se imparten “de forma […] estructural y permanente” en dichas instituciones, sin embargo, señalaron que sería conveniente tener información sobre su contenido especifico. En este sentido, consideraron que “mientras el Estado mexicano no establezca estas capacitaciones sobre desapariciones en forma permanente y a través de programas intensivos delineados por la Corte [Interamericana], no puede darse por cumplido este [punto] del resolutivo de la [S]entencia […]”. 36. La Comisión valoró positivamente los cursos y jornadas sobre derechos humanos impartidos en los diferentes organismos del Estado, especialmente los programas enfocados a “los límites de la jurisdicción penal militar, […] a las garantías judiciales y la protección judicial, y a la debida investigación y juzgamiento de la desaparición forzada de personas”. No obstante, señaló que algunos no se ajustan a las temáticas ordenadas por la Corte en su Sentencia. Además, señaló que dichos programas son ofrecidos de manera no permanente, por lo que la obligación en este punto no ha sido cumplida. En consecuencia, la Comisión solicitó a la Corte que requiera “[a]l Estado un plan detallado que consigne la forma en la que se habrían incorporado, o se pretendería incorporar”, este tipo de programas de manera permanente y con la temática establecida por la Corte en la formación de agentes estatales. 37. El Tribunal recuerda que en la Sentencia se ordenó la implementación de “[p]rogramas o cursos permanentes relativos al análisis de la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en relación con los límites de la jurisdicción penal militar, así como los derechos a las garantías judiciales y la protección judicial, […] dirigidos a los miembros de todas las Fuerzas Militares, incluyendo a los agentes del Ministerio Público y jueces, así como a los agentes del Ministerio Público de la Procuraduría General de la República y jueces del Poder Judicial de la Federación […]”. Asimismo, se ordenó la implementación de “[u]n programa de formación sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas, dirigido a agentes del Ministerio Público de la Procuraduría General de la República y jueces del Poder Judicial de la Federación, que tengan competencia en la investigación y juzgamiento de hechos como los ocurridos en el presente caso […]” 27. 38. Al respecto, la Corte valora las numerosas actividades emprendidas por el Estado mexicano encaminadas a implementar los programas o cursos permanentes de capacitación ordenados en la Sentencia. De este modo, de la información remitida por el Estado, la Corte constata que se han implementado diversos cursos sobre la jurisprudencia del Sistema Interamericano y los límites de la jurisdicción penal militar, así como las garantías judiciales y la protección judicial, a miembros de las Fuerzas Militares a través de la Secretaría de Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina 28. Asimismo, el Tribunal observa que se han impartido capacitaciones sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos 27 Cfr. Caso Radilla Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2009. Serie C No. 209, párr. 347. 28 La Secretaría de la Defensa Nacional informó de capacitaciones en “Análisis de Jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en relación con los límites de la jurisdicción penal militar, los derechos a las garantías judiciales y la protección judicial”. Cfr. Oficio de la Secretaría de la Defensa Nacional a la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de 28 de febrero de 2013. Anexo 7 al escrito del Estado de 5 de abril de 2013 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo V, folio 3359). La Secretaría de Marina informó que se impartieron capacitaciones sobre el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, entre otros temas. Cfr. Oficio de la Secretaría de Marina a la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de 27 de febrero de 2013. Anexo 8 al escrito del Estado de 5 de abril de 2013 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo V, folio 3363). 14

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