63.
El 16 de enero de 2003 el padre de Paola solicitó a la Agente Fiscal que ampliara
las investigaciones contra el Vicerrector, por haber cometido “intimidación, seducción,
engaño, falsas promesas y violación”. Además, comunicó a la Agente Fiscal que a las
alumnas del colegio se las estaba presionando, bajo amenaza de expulsión, para que no
declararan en el proceso penal. En sentido concordante se manifestó días después una
compañera de colegio de Paola (infra, párr. 65) 53. La madre de Paola, por su parte,
solicitó, el 22 de enero de 2003, que se recibieran declaraciones de algunas alumnas del
colegio y que se realicen exámenes a muestras de sangre de Paola 54. En el mismo mes,
y en el siguiente, varias madres de alumnas presentaron a la Agente Fiscal escritos,
iguales entre sí, manifestando que no se podía tomar declaración a sus hijas 55.
64.
El 27 de enero de 2003, el padre de Paola solicitó que se practicara un examen
de la sangre de su hija. Ello fue ordenado por la Agente Fiscal el día siguiente y también
el 10 de febrero de 2003, realizándose los exámenes con posterioridad 56 (infra nota a
pie de página 144).
65.
Los días 28 y 31 de enero de 2003 se recibieron declaraciones. El primer día la
madre de Paola presentó su testimonio de los hechos y el Vicerrector amplió su
declaración previa (supra párr. 61) 57. El segundo día prestaron declaración ante la
Agente Fiscal, en compañía de sus representantes, dos compañeras de colegio de
Paola 58.
Cfr. Declaraciones de 3 de enero de 2003 de R.O. (expediente de prueba, anexo 15 al escrito de
contestación, fs. 7011 y 7013); V.B. (expediente de prueba, anexo 12 al escrito de contestación, f. 7005);
G.A. (expediente de prueba, anexo 13 a la contestación, f. 7007), y L.A. (expediente de prueba, anexo 16 al
informe de Fondo, f. 225); declaración de la Inspectora del curso de 7 de enero de 2003 (expediente de
prueba, anexo 16 al escrito de contestación, f. 7014), y declaración de M.J. de 13 de enero de 2003 (expediente
de prueba, anexo 17 al escrito de contestación, f. 7017). Interesa destacar que el médico se refirió a lo ocurrido
el día anterior a la muerte de Paola (supra párr. 53). Señaló que la demora para llevar a Paola al hospital fue
de “cinco minutos”, pero que para ese momento ya habían llegado los familiares, por lo que parece referirse
al tiempo que transcurrió entre que llegaron la madre y quienes la acompañaban y que se retiraron con rumbo
al hospital. Por otro lado, adujo que había atendido a Paola con anterioridad por un dolor de cabeza, y que no
le constaba que la niña estuviera embarazada. La última declarante, M.J., por su parte, señaló que nunca
había sido confidente de Paola, y que no sabía nada del hecho.
52
53
Cfr. Declaración del señor Guzmán Bustos de 16 de enero 2003 (expediente de prueba, anexo 21 al
Informe de Fondo, fs. 245 y 246). Asimismo, la compañera de colegio de Paola declaró que ella (la declarante)
y otras estudiantes fueron presionadas por el Presidente de la Asociación de Profesores, O.T., para que
apoyaran al Vicerrector.
Cfr. Escrito de la señora Albarracín de 22 de enero 2003 (expediente de prueba, anexo 22 al Informe
de Fondo, f. 248).
54
Cfr. Escritos de varias madres de alumnas del colegio (expediente de prueba, anexo 24 al Informe de
Fondo, fs. 252 a 274). Expresaron que no se podía recabar “declaración alguna a menores que en la mayoría
de los casos no fueron siquiera compañeras de banca [de Paola] por lo que mal pueden conocer los motivos
que orientaron al suicido de la menor fallecida”.
55
Cfr. Escrito del señor Guzmán Bustos de 27 de enero de 2003 (expediente de prueba, anexo 23 al
Informe de Fondo, f. 250); Oficio No. 114-2003-MFD-G de 28 de enero de 2003, del Ministerio Distrital del
Guayas y de Galápagos (expediente de prueba, anexo 6 al Informe de Fondo, f. 143), y carta enviada por el
Patólogo Clínico, J.K., al Doctor J.M., Jefe del Departamento Médico de la Policía Judicial del Guayas en
Instrucción Fiscal Nro. 4541-14 (expediente de prueba, anexo 7 al Informe de Fondo, f. 145).
56
Cfr. Testimonio de Petita Paulina Albarracín Albán ante el agente de policía I.Y., en Instrucción Fiscal
N. 4541-14, de 28 de enero de 2003 (expediente de prueba, anexo 9 al escrito de solicitudes y argumentos,
fs. 5695 a 5697). Asimismo, el Vicerrector, al ampliar su declaración, manifestó que se presentaba ante la
autoridad para desvirtuar las versiones periodísticas difundidas por ciertos medios de comunicación de prensa
escrita, radio y televisión (expediente de prueba, anexo 19 al escrito de contestación, f. 7037 a 7039).
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