VII
HECHOS
32. En este capítulo, la Corte establecerá los hechos del caso con base en el marco fáctico sometido
al conocimiento de la Corte por la Comisión Interamericana, en relación con (i) el contexto en el que
tuvo lugar la masacre de la Aldea Los Josefinos, (ii) los hechos relativos a dicha masacre, y (iii) los
procesos internos iniciados a raíz de la masacre. Los hechos anteriores a la fecha de ratificación de
la competencia contenciosa de la Corte por parte de Guatemala se enuncian como antecedentes.
A.
Contexto
33. Entre los años 1962 y 1996 en Guatemala hubo un conflicto armado interno que provocó
grandes costos humanos, materiales, institucionales y morales22. La Comisión para el Esclarecimiento
Histórico (en adelante la “CEH”) estimó que “el saldo en muertos y desaparecidos del enfrentamiento
armado interno llegó a más de doscientas mil personas” 23. Asimismo, este Tribunal ha tenido la
oportunidad de pronunciarse al respecto en varios casos sometidos ante la Corte 24 y ha advertido
que el Estado aplicó, en el marco del referido conflicto armado interno, la “Doctrina de Seguridad
Nacional”, utilizando la noción de “enemigo interno” que, si bien inicialmente incluía a organizaciones
guerrilleras, fue ampliándose para incluir a otros grupos y personas 25, cometiéndose así graves
violaciones de derechos humanos contra civiles indefensos, incluso mujeres y niños, algunas de
carácter masivo, como fueron las masacres26. Además, pueblos indígenas y comunidades campesinas
fueron especialmente objeto de ejecuciones masivas. Asimismo, durante la época de los hechos en
Guatemala existía un patrón de separación de niños y niñas de sus familias, posterior a las masacres
perpetradas por las fuerzas armadas, y de sustracción y retención ilegal de estos niños y niñas, en
algunos casos por los propios militares 27.
34. Otra de las consecuencias del conflicto fue el desplazamiento de comunidades y personas,
inclusive fuera del territorio estatal. La CEH indicó que las masacres y devastación de aldeas ocurridas
entre 1981 y 1983 desencadenaron la huida masiva de comunidades mayas y de familias no
indígenas. Unas 150.000 personas buscaron su seguridad en México. Cerca de la tercera parte se
ubicó en campamentos y contó con el reconocimiento de la condición de refugiado por la oficina del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (en adelante “ACNUR”) 28.
En particular, en 1990 se inició un proceso de paz en Guatemala que culminó en diciembre de 1996 con la firma del
Acuerdo de Paz Firme y Duradera. Entre los documentos firmados, se suscribió el “Acuerdo sobre el Cronograma para la
implementación del cumplimiento y verificación de los acuerdos de paz”. Cfr. Caso Coc Max y otros (Masacre de Xamán) Vs.
Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de agosto de 2018. Serie C No. 356, párr. 30.
22
Cfr. Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr. 70.
23
Esta Corte ha emitido Sentencia en cinco casos guatemaltecos relativos a nueve masacres cometidas durante el
conflicto armado, todas ellas perpetradas en contra de estos sectores de la población por parte de miembros del Ejército, a
saber: Masacre Plan de Sánchez, Masacre de Las Dos Erres, Masacres de Río Negro, Miembros de la Aldea Chichupac y
comunidades vecinas del Municipio de Rabinal y Caso Coc Max y otros (Masacre de Xamán).
24
Cfr. Caso Gudiel Álvarez y Otros Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de
2012. Serie C No. 253, párr. 54, y Caso Coc Max y otros (Masacre de Xamán) Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 22 de agosto de 2018. Serie C No. 356, párr. 29.
25
26
21678).
Cfr. CEH, Guatemala: Memoria del Silencio, junio de 1999, Capítulo II, párr. 739 (expediente de prueba, folio 21156-
Cfr. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de
4 de septiembre de 2012. Serie C No. 250, párr. 60, y Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción
Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr. 177.
27
Cfr. Caso Coc Max y otros (Masacre de Xamán) Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de
agosto de 2018. Serie C No. 356, párr. 31.
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