3
d.
que el 14 de octubre de 2002 “la Comisión acordó prorrogar por un
plazo adicional de seis meses la vigencia de las medidas cautelares adoptadas
el 19 de abril de 2002 a favor de COFAVIC, basándose en […] hechos nuevos”
ocurridos entre los meses de mayo y septiembre de 20024, y
e.
que el 21 de noviembre de 2002 el Centro por la Justicia y el Derecho
Internacional (CEJIL), la Vicaria Episcopal de Caracas y otro, “solicitaron a la
Comisión que acordara solicitar a su vez a la […] Corte Interamericana de
Derechos Humanos, el otorgamiento de medidas provisionales a favor de la
Organización No Gubernamental Comité de Familiares de Víctimas de los
Sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (COFAVIC)”.
3.
El señalamiento adicional por parte de la Comisión, en su solicitud de Medidas
Provisionales, en el sentido de que:
a.
las llamadas telefónicas amenazantes así como los actos intimidatorios
que aumentan en escala y se relacionan con el trabajo de COFAVIC,
constituyen señales claras de que la seguridad de sus integrantes “depende
de su silencio”;
b.
las amenazas continúan a pesar de la solicitud de medidas cautelares
por parte de la Comisión y de que el Estado de Venezuela dispuso la
protección policial de Liliana Ortega, Yris Medina Cova, Hilda Páez (Gilda
Páez), Maritza Romero, Aura Liscano (Lizcano), Alicia de González y Carmen
Alicia Mendoza, la cual estaba a cargo de la Policía Metropolitana;
c.
la señora Liliana Ortega “era custodiada diariamente por cuatro
funcionarios motorizados de la Policía Metropolitana y por dos funcionarios de
la Brigada Motorizada [y que a su vez,] las instalaciones de COFAVIC recibían
custodia interna y externa diaria, realizada por dos funcionarios de la Policía
Metropolitana”;
d.
la protección policial con que se benefician “ha sido interrumpida en
varias ocasiones debido a la difícil situación de la Policía Metropolitana en los
últimos dos meses [siendo la primera ocasión] debido a la huelga iniciada […]
el día 1 de octubre [de 2002]”, por lo que la señora “Liliana Ortega se vio
obligada a salir de Venezuela […] en virtud de que durante la huelga se le
privó del resguardo policial con el que diariamente contaba, sumado al
incremento de violencia política en el país, lo cual amenazaba seriamente su
seguridad”. Su protección fue interrumpida por segunda vez, debido a “la
intervención por parte del ejército venezolano y la Guardia Nacional de la
Dirección Motorizada de la Policía Metropolitana” en el mes de noviembre.
“[L]a intervención de la Policía Metropolitana hace que la protección policial se
haya transformado en incierta, aumentando el riesgo que corre tanto la
organización como sus integrantes”;
e.
la señora Liliana Ortega tuvo conocimiento de que uno de los
funcionarios que le brindaba custodia personal había sido arrestado por su
4
La Comisión Interamericana presentó un listado con las amenazas ocurridas en cada uno de estos
meses (mayo-septiembre de 2002) y se refirió a llamadas telefónicas y correos electrónicos amenazantes,
declaraciones en contra de la señora Liliana Ortega y de COFAVIC, presencia de personas extrañas en las
afueras de la organización COFAVIC, personas con actitudes hostiles y amenazantes, insultos y
hostigamiento, entre otros.
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