requisa al propio personal. En ese sentido, la Corte hace notar que desde su Resolución de 22 de mayo de 2014, el Estado ha informado reiteradamente sobre centenas de armas y otros objetos prohibidos decomisados regularmente en el Complejo de Curado. Lo anterior denota una situación continua de falta de control respecto de la entrada (o fabricación) de armas dentro de ese centro de detención, lo que resulta en una situación de riesgo inmediato a la integridad y la vida de los internos, funcionarios y visitantes. Lo anterior se comprueba por las más de 30 muertes ocurridas desde la adopción de las presentes medidas provisionales y las casi 20 muertes violentas ocurridas desde la última Resolución de la Corte Interamericana. 28. La Corte determina que el Estado debe priorizar la adopción de medidas urgentes y sostenibles para impedir la presencia de cualquier tipo de arma, objetos y substancias prohibidas adentro del Complejo Penitenciario de Curado en poder de los internos. Asimismo, la Corte reitera responsabilidad de los Estados de mantener un clima de respeto de los derechos humanos en establecimientos de privación de libertad y evitar la presencia de armas en poder de los internos dentro de los establecimientos13. E. Asegurar condiciones de seguridad y respeto a la vida e integridad personal 29. En relación con los hechos violentos que ponen en riesgo la integridad personal y la vida de los beneficiarios de las medidas provisionales, el Estado informó, entre otras medidas, que: i. Inició la implementación del Penitenciaria (en adelante “SIAP”); Sistema Integrado de Administración ii. Instaló el Núcleo de Apoyo a las Familias de los Internos, que apoya los sectores psicosociales de las unidades penitenciarias; iii. Amplió el espacio físico para recibir a las familias de los internos en el área externa; iv. Elaboró un proyecto para la creación de la Contraloría de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos (en adelante “SJDH”). Sin embargo, dicho proyecto está temporalmente suspendido por falta de recursos; v. Inició un proceso de licitación para adquirir bloqueadores de señal de celulares. El proyecto fue modificado por solicitud del Tribunal de Cuentas del Estado y fue realizado un nuevo Documento de Referencia, en espera de publicación; vi. Estableció un protocolo de seguimiento de los casos de violencia que hayan resultado en procedimientos administrativos disciplinarios. Estos casos son monitoreados hasta la publicación final de la decisión; vii. Autorizó la realización de un concurso público en el primer semestre de 2016 para contratar 200 agentes penitenciarios a partir del 1 de agosto de 2016. Dicho concurso público se encuentra en fase de selección de la empresa organizadora; 13 Asunto del Complejo Penitenciario de Curado respecto de Brasil. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de mayo de 2014, y Asunto de determinados Centros Penitenciarios de Venezuela. Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Cárcel de Uribana) respecto de Venezuela. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 13 de febrero de 2013. 12

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