3
14.
Finalmente, alegaron que la muerte de las presuntas víctimas no es un hecho ajeno a la
realidad del sistema penitenciario venezolano, sino que se inscribe en el incumplimiento general del Estado
de su obligación de proteger la vida e integridad personal de las personas bajo su custodia. Al respecto
sostienen que estadísticamente Venezuela presenta los mayores índices de violencia carcelaria en el
continente Americano.
B.
Posición del Estado
15.
El Estado alega que los peticionarios no han agotado los recursos internos, dado que la
querella penal iniciada en 2006 aún se encuentra en trámite. Asimismo, alega que aún existe una serie de
recursos como el de apelación, casación y revisión constitucional que se deben agotar antes de acudir a
una instancia internacional. Asimismo, sostiene que el artículo 27 de la Constitución Nacional establece la
acción de amparo constitucional como mecanismo disponible para garantizar a toda persona la tutela
judicial del goce y ejercicio de sus derechos constitucionales.
16.
El Estado afirma que las autoridades competentes iniciaron oportunamente la
investigación de los hechos y que esto se encuentra a cargo de la Fiscalía 42º a Nivel Nacional con
Competencia Plena y de la Fiscalía 11º del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado
Bolívar, las cuales han realizado las diligencias correspondientes. Indica que el 29 de septiembre de 2008
el Ministerio Público acusó a los tres imputados por la presunta comisión del delito de homicidio culposo
en perjuicio de las presuntas víctimas. A juicio del Estado, este hecho evidenciaría que no se ha pretendido
dejar de garantizar los recursos debidos a las víctimas; y probaría además que la petición no cumple con
el requisito de agotamiento de los recursos internos.
17.
En atención a estas consideraciones, el Estado alega que en la legislación interna existen
los recursos judiciales y el debido proceso legal para la protección de los derechos que se alegan violados,
y que no se ha impedido a los peticionarios el acceso a los mismos. El Estado considera por lo tanto, que
no serían aplicables las excepciones al agotamiento de los recursos internos contenidas en los artículos
46.2.a y 46.2.b de la Convención Americana.
18.
Respecto a la alegada violación de los derechos del niño, el Estado indicó que las cinco
presuntas víctimas ya habían cumplido 18 años al momento de los hechos, el Estado informó que la fecha
de nacimiento de las alegadas víctimas eran las siguientes: José Gregorio Mota Abarullo 26 de junio de
1985; Johan José Correa 29 de enero de 1987; Gabriel de Jesús Yánez Sánchez 11 de abril de 1987;
Rafael Antonio Parra Herrera 2 de diciembre de 1986; y Cristian Arnaldo Molina Córdova 17 de abril de
1987, por lo cual, el artículo 19 de la Convención Americana y las demás normas internacionales conexas
no serían aplicables.
19.
Finalmente, el Estado reafirma su compromiso de cumplir con las normas internacionales
y constitucionales aplicables en materia penitenciaria. En este sentido, manifiesta que se han adoptado
importantes medidas como: la puesta en marcha del Plan de Humanización Penitenciaria; la construcción
de cuatro centros penitenciarios, la creación de diez nuevos Despachos Fiscales a nivel nacional con
competencia en el régimen penitenciario; la creación del Consejo Superior Penitenciario; y la graduación
de 208 custodios penitenciarios del Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios.
IV.
ANÁLISIS SOBRE COMPETENCIA Y ADMISIBILIDAD
A.
Competencia
20.
Los peticionarios se encuentran facultados por el artículo 44 de la Convención Americana
para presentar peticiones ante la Comisión. La petición señala como presuntas víctimas a personas
individuales, respecto de quienes el Estado venezolano se comprometió a respetar y garantizar los
derechos consagrados en la Convención Americana. En lo concerniente al Estado, la Comisión señala que
la República Bolivariana de Venezuela es Estado parte en la Convención Americana desde el 9 de agosto
de 1977, fecha en la que depositó su instrumento de ratificación. Por lo tanto, la Comisión tiene