3 h) el 4 de diciembre de 2009 los peticionarios informaron sobre nuevos hostigamientos y amenazas sufridas por los familiares y representantes del señor Almonte Herrera por agentes de la Policía Nacional, supuestamente como respuesta a sus actuaciones sobre la investigación del paradero del señor Juan Almonte; i) el 11 de diciembre de 2009 la Comisión otorgó medidas cautelares a favor de Juan Almonte Herrera, Yuverky Almonte Herrera, Joel Almonte y Ana Josefa Montilla, así como de Genaro Rincón y Francisco de León Herrera, para garantizar su vida e integridad personal. En dicha comunicación la Comisión requirió al Estado que, en un plazo de 10 días, informara sobre el paradero del señor Almonte Herrera, su estado de salud y la situación de seguridad en la cual se encontraba. También solicitó que indicara sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de las medidas cautelares; j) el 22 de enero de 2010 el Estado presentó un informe a la Comisión en el que afirmó que la Procuraduría General de la República había recibido varias denuncias sobre la “supuesta desaparición” del señor Almonte Herrera. También indicó que se había dirigido a su familia con la finalidad de que interpusieran una denuncia para promover la investigación, “sin recibir su colaboración”. El Estado no hizo referencia alguna al hecho de que el señor Almonte Herrera estaba bajo la custodia de la Policía Nacional cuando desapareció. El Estado también mencionó que había iniciado una investigación en la que se solicitó a la Dirección General de Migración los registros de entrada y salida del país del señor Almonte Herrera, y que solicitó un informe médico de aquél, a fin de “hacer comparaciones con necropsias [de otros cadáveres] obtenidas en las fechas de su supuesta desaparición”. Finalmente, el Estado informó sobre las medidas adoptadas con el fin de salvaguardar la vida y la integridad de los otros beneficiarios. Comunicó que, excepto para la señora Ana Josefa Montilla, quien se encontraba en los Estados Unidos, había dispuesto para los demás beneficiaros la instalación de un servicio policial; k) los peticionarios informaron que están abogando para que la Procuraduría General de la República formule cargos penales en contra de los oficiales de la Policía Nacional, y que han recibido amenazas de parte de la Policía Nacional “por si presentan querella en su contra”, y l) finalmente, los peticionarios informaron haberse reunido con “la Dirección de Investigaciones Delictivas de la Policía Nacional”, la cual propuso asignar un miembro de la Policía a cada uno de los beneficiarios de las medidas. Frente a esto, manifestaron que presentarían una propuesta distinta ya que no están de acuerdo en que sea la misma institución que se encuentra cuestionada la que lleve adelante el perfeccionamiento, cumplimiento y supervisión de las medidas por otorgarse. 3. Los argumentos de la Comisión para fundamentar su solicitud de medidas provisionales, a saber: a) la existencia de una situación de extrema gravedad y urgencia debido a que: i) el señor Juan Almonte Herrera fue detenido el día 28 de septiembre de 2009 y desde entonces se desconoce su paradero; ii) como resultado de la interposición del hábeas corpus, se probó la efectiva detención del señor Juan

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