B. Testigo
Propuesto por el Estado
Eduardo Germán Domínguez Bohrt, quien declarará sobre las alegadas circunstancias
del ataque al señor Flores Bedregal durante el asalto a la Central Obrera Boliviana,
debido a que en el momento de los hechos se encontraba presente de forma cercana.
C. Perita
Propuesta por la Comisión y los representantes
Kate Doyle, quien rendirá un dictamen pericial sobre: i) el derecho de acceso a la
información sobre graves violaciones de derechos humanos contenida en archivos
militares, el alcance, contenido y obligaciones del Estado; ii) el desarrollo de principios
y estándares del derecho comparado e internacional y las mejores prácticas regionales
para garantizar el acceso a la información sobre graves violaciones de derechos
humanos en poder de las fuerzas armadas, y iii) informará sobre la respuesta de los
Estados de la región ante solicitudes de acceso a la información contenida en archivos
militares y su impacto en el acceso a la justicia.
2.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el
principio de economía procesal y en el ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 50.1
del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario
público:
A. Declarantes
Propuestas por los representantes
Verónica y Lilian Teresa Flores Bedregal, hermanas del señor Flores Bedregal, quienes
declararán, en forma separada, sobre: i) el perfil del señor Flores Bedregal; ii) los
alegados hechos que sufrieron en las diligencias de búsqueda de justicia, y iii) los
alegados daños y afectaciones sufridos en su vida privada y en la de sus familiares.
B. Peritos
Propuesta por los representantes
1)
Federico Andrés Paulo Andreu Guzmán, quien rendirá peritaje sobre: i) los
estándares internacionales con relación a la búsqueda de personas desaparecidas
forzadamente a los que el Estado se encuentra obligado a cumplir. En particular sobre
los avances del derecho internacional comparado, jurisprudencia internacional y
comparada en la materia y mejores prácticas; ii) el marco jurídico existente en Bolivia,
así como las acciones realizadas por el Estado respecto a la búsqueda de personas
desaparecidas forzadamente, incluyendo las que el Estado pudiera reportar a lo largo
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