-19que se le da a la zona central de la ribera del río Magdalena, y que abarca territorios de 8
departamentos (Magdalena, Cesar, Bolívar, Santander, Boyacá, Cundinamarca, Caldas y
Antioquia) y dentro de éstos, aquellos de 63 municipios de Colombia49 siendo El Carmen de
Viboral uno de ellos, en el Oriente Antioqueño. La economía de la zona se basa
fundamentalmente en la agricultura, en ganadería extensiva, en la extracción de madera y
de otros productos del bosque y en la explotación de recursos minerales como el oro, las
calizas y el mármol50. La Esperanza es una de las veredas del municipio del Carmen de
Viboral y se encuentra cerca de la cabecera del municipio de Cocorná. Dicha vereda, está
ubicada aproximadamente a unos 45 kilómetros de la ciudad de Medellín y se encuentra
situadaw
s cerca de la carretera que une esa ciudad con Bogotá 51.
A.2. Situación de orden público en la región
52. La región del Magdalena Medio reviste una gran importancia estratégica y económica,
principalmente debido a su posición geográfica 52. Cuenta con el paso de dos oleoductos, la
Termoeléctrica la Sierra, el Gasoducto Sebastopol–Medellín, y la refinería Refinare. Además,
se encuentra atravesada por vías de acceso que permiten la conexión con el resto del país,
tales como la autopista Bogotá - Medellín, la troncal del Magdalena Medio, la troncal
transversal de Medellín – Chiquinquirá y Páez - Puerto Boyacá53. Estas obras de
infraestructura y la posición geográfica jugaron un papel importante que propició la llegada,
hace más de cuatro décadas, de grupos armados ilegales y las situaciones de violencia
sobre la población civil de los diferentes municipios cercanos a esas construcciones54.
53. No obstante lo anterior, el Magdalena Medio se ha mantenido como una región
periférica, donde “el Estado es débil para ejercer sus funciones primordiales por la carencia
de instituciones estatales”, de ahí que gran parte de ese espacio dejado por el Estado, ha
sido llenado por todos los actores armados, convirtiéndose la región en una zona de alta
conflictividad. En ese sentido, no era “casual que en la zona emergieran, a mediados de la
década de 1960, el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y a finales de la década de 1970,
las denominadas “Autodefensas”. Del mismo modo, a inicios de la década de 1980,
“incursionaron las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia Ejército del Pueblo FARCEP, el Ejército Popular de Liberación (EPL) y seis batallones del Ejército Nacional”55.
49
Cfr. Observatorio de Derechos Humanos, Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH. “Panorama
actual del Magdalena Medio. Introducción”, citado en la nota al pie de página número 104 del escrito de
contestación del Estado (expediente de fondo, folio 600).
50
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia de 29 de febrero de
2016 (expediente de prueba, folio 43361).
51
Cfr. El Carmen de Viboral (2014). El Carmen de Viboral. La perla azulina del Oriente Antioqueño, citado en
la nota al pie de página número 140 del escrito de contestación del Estado (expediente de fondo, folio 620).
52
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia de 29 de febrero de
2016 (expediente de prueba, folio 43361). Véase asimismo: CINEP. “Conflictos, poderes e identidades en el
Magdalena Medio, 1990 – 2001”, citado en la nota al pie de página número 106 del escrito de contestación del
Estado (expediente de fondo, folio 601).
53
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia de 29 de febrero de
2016 (expediente de prueba, folios 43312 y 43360).
54
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia de 29 de febrero de
2016 (expediente de prueba, folio 43312). Véase asimismo: CINEP. “Conflictos, poderes e identidades en el
Magdalena Medio, 1990 – 2001”, citado en la nota al pie de página número 106 del escrito de contestación del
Estado (expediente de fondo, folio 601).
55
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia de 29 de febrero de
2016 (expediente de prueba, folios 43312 y 43313). Véase asimismo: CINEP. “Conflictos, poderes e identidades en
el Magdalena Medio, 1990 – 2001”, citado en la nota al pie de página número 106 del escrito de contestación del
Estado (expediente de fondo, folio 601).