Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia
Sentencia de 27 de noviembre de 2008
(Fondo, Reparaciones y Costas)
En el Caso Valle Jaramillo y otros,
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte
Interamericana” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:
Cecilia Medina Quiroga, Presidenta;
Diego García Sayán, Vicepresidente;
Sergio García Ramírez, Juez;
Manuel E. Ventura Robles, Juez;
Leonardo A. Franco, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza, y
Rhadys Abreu Blondet, Jueza;
presente además*,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario;
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 29,
31, 53.2, 55, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta la
presente Sentencia.
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA
1.
El 13 de febrero de 2007 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) presentó ante la Corte, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 61 de la Convención Americana, una
demanda en contra de la República de Colombia (en adelante “el Estado” o “Colombia”).
Dicha demanda se originó en la denuncia Nº 12.415 remitida a la Secretaría de la Comisión
el 2 de agosto de 2001 por el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (en
adelante “GIDH”). El 20 de febrero de 2003 la Comisión aprobó el Informe de admisibilidad
Nº 5/03 y el 16 de octubre de 2006 aprobó el Informe de fondo Nº 75/06, en los términos
del artículo 50 de la Convención1, el cual contiene determinadas recomendaciones para el
*
Por razones de fuerza mayor, la Secretaria Adjunta Emilia Segares Rodríguez no participó en la
deliberación de la presente Sentencia.
1
En el informe de fondo, la Comisión concluyó que el Estado era responsable por la violación de los
derechos a la vida, integridad personal, libertad personal y protección judicial reconocidos en los artículos 4.1, 5, 7,
8.1 y 25 de la Convención Americana, así como de la obligación genérica de respetar y garantizar los derechos
protegidos en el artículo 1.1 de dicho tratado, en perjuicio de Jesús María Valle Jaramillo y sus familiares. La
Comisión también encontró que Colombia era responsable por la violación de los artículos 5 y 7 de la Convención
Americana en perjuicio de Nelly Valle Jaramillo. Respecto del señor Carlos Fernando Jaramillo, la Comisión concluyó