b) “propiciar […] acercamientos con la Defensoría de los Habitantes de la República,
con instituciones académicas, así como con organismos internacionales
especializados en derechos humanos a efecto de generar procesos de
capacitación en derechos humanos, dirigidos a funcionarios de diversos poderes
del Estado y la Caja Costarricense del Seguro Social” (punto resolutivo sexto,
literal c) de la Sentencia);
c) “fortalecer […] los programas educativos dirigidos a propiciar una formación en
derechos humanos” (punto resolutivo sexto, literal d) de la Sentencia);
d) “iniciar […] una discusión amplia y participativa acerca de la maternidad por
subrogación como procedimiento para la procreación” (punto resolutivo sexto,
literal 3) de la Sentencia);
e) “pagar a cada una de las víctimas las cantidades acordadas por concepto de
indemnizaciones del daño material e inmaterial” (punto resolutivo sexto, literal f)
de la Sentencia), y
f)
“pagar la cantidad acordada por concepto de reintegro de costas y gastos al
representante Hubert May Cantillano” (punto resolutivo sexto, literal g) de la
Sentencia).
2.
Dar por concluido el caso Gómez Murillo y otros dado que la República de Costa
Rica ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia emitida por la Corte el 29 de
noviembre de 2016.
3.
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de Estados
Americanos por conducto del Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos del año 2019.
4.
Archivar el expediente del Caso Gómez Murillo y otros Vs. Costa Rica.
6.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado,
al representante de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Gómez Murillo y otros Vs. Costa Rica. Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de
noviembre de 2019.
Eduardo Vio Grossi
Presidente en ejercicio
Humberto Antonio Sierra Porto
Eugenio Raúl Zaffaroni
L. Patricio Pazmiño Freire
Ricardo C. Pérez Manrique
-12-