les cambiara el nombre y se les negara la identidad a los niños. 49 La separación de niños de sus familias condujo, en algunos casos, a la adopción ilegal o a la venta de aquéllos, a quienes también fueron negados el derecho a conocer su cultura 50. El informe de la CEH también señala que “[d]espués de [las] masacres u operaciones de tierra arrasada, muchos niños que ya podían valerse por sí mismos fueron llevados por los militares, comisionados militares o patrulleros para ser sometidos a condición servil en sus casas o en las de otras familias. Algunos de estos niños se vieron sometidos a situaciones de explotación y abuso sistemático” 51. La CEH determinó que “los niños debían realizar trabajos domésticos o diversas tareas que les encargaban en las casas donde se encontraban. Sufrieron todo tipo de maltrato físico y psicológico. Estos niños sufrieron, conjuntamente con la violación de su derecho a la libertad individual, la vulneración de todos sus derechos humanos, pues por las condiciones de servidumbre a la que fueron sometidos también se afectaron su integridad física y psicológica, se les mantuvo en una situación de explotación económica, abuso y permanente miedo” 52. Asimismo, el Informe Guatemala Nunca Más del Proyecto de la Recuperación de la Memoria Histórica de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (en adelante “Informe REMHI”) indica que “[a]parecen algunos casos de niños que fueron separados de sus familias o comunidades, secuestrados y adoptados de forma fraudulenta por algunos de los victimarios de sus familias. Esta práctica les ha condenado a vivir con los asesinos de sus familiares” 53. Este informe cita declaraciones del General Héctor Gramajo publicado en el periódico guatemalteco “Prensa Libre” del 6 de abril de 1989, según las cuales “en determinados momentos se volvió moda en las filas del Ejército hacerse cargo de pequeños de 3 o 4 años […]” 54. 61. Todos estos hechos, además, tuvieron y todavía tienen importantes efectos culturales en los pueblos mayas. Las violaciones de derechos humanos sucedidas durante el conflicto armado interno en Guatemala también significó la pérdida de los valores y prácticas culturales y religiosas de los pueblos mayas, así como de sus instituciones sociales, económicas y políticas 55. Particularmente entre los años 1980 y 1983, las desapariciones forzadas, el uso de la tortura y las ejecuciones arbitrarias 56, entre otros, afectaron las estructuras de autoridad y liderazgo indígena, destruyendo el tejido y las relaciones sociales tradicionales al interior de las comunidades mayas 57. De acuerdo a la perita Rosalina Tuyuc, uno de los efectos más 49 Cfr. Caso de la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala, supra, párrs. 177, 170 y 199. 50 Cfr. Peritaje rendido por la señora Rosalina Tuyuc Velásquez durante la audiencia pública. 51 Caso de la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala, supra, párr. 171. 52 Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, capítulo segundo, tomo III, párr. 2520. 53 Informe “Guatemala Nunca Más”, supra, tomo I, capitulo segundo. 54 Informe “Guatemala Nunca Más”, supra, tomo I, capítulo segundo. 55 Cfr. Caso de la Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Fondo, supra, párr. 42.7. 56 Como ha sido establecido en otros casos sobre Guatemala conocidos por este Tribunal, la desaparición forzada de personas en ese país constituyó una práctica del Estado durante la época del conflicto armado interno, la cual fue llevada a cabo principalmente por agentes de sus fuerzas de seguridad. Se les retenía clandestinamente sin dar noticia a autoridad judicial competente, independiente e imparcial, se les torturaba física y psicológicamente para la obtención de información, e incluso, en la mayoría de los casos, se les causaba la muerte. Además, la desaparición forzada tenía la finalidad de castigar no sólo a la víctima, sino también al colectivo político o social al que pertenecía y a su propia familia. A tal efecto, el informe Guatemala, Nunca Más señaló que “[l]os asesinatos selectivos de líderes tuvieron a menudo una dimensión de hostigamiento también a sus familias, ya fuera antes o después de los hechos de violencia […] El hostigamiento hacia la población civil por parte de las fuerzas militares, tuvo en muchos lugares del país una dimensión comunitaria. Las acusaciones de participación o apoyo a la guerrilla involucraron globalmente a muchas comunidades que fueron tildadas de ‘guerrilleras’”. Cfr. Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala, supra párrs. 66 a 67, y 69. 57 La perita Rosalina Tuyuk indicó durante la audiencia pública que la violencia tuvo como resultado la desarticulación del tejido social, entre otros, porque la muerte de niños y ancianos implicó la falta de convivencia y la

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