Para el mes de enero de 1983 “las compuertas de la represa se c[erraron] y com[enzó] a llenarse el embalse” 72. Como consecuencia, la mayor parte del territorio que ocupaba la comunidad de Río Negro quedó inundada. Otro de los lugares inundados fue Los Encuentros, sitio arqueológico y lugar sagrado para los mayas de la zona 73. 67. A continuación el Tribunal hará referencia a las masacres alegadas en el presente caso. De acuerdo a la CEH, “las matanzas que revistieron la forma de masacres fueron acompañadas de la destrucción y quema de bienes. En el norte de Rabinal, la región próxima al embalse del Chixoy fue completamente arrasada”. En esta área se encontraba la comunidad de Río Negro, entre otras 74. Asimismo, la CEH se refirió a las masacres de Río Negro, Los Encuentros y Agua Fría, a las que el Tribunal se referirá a continuación, como tres de las cuatro masacres en las cuales “los patrulleros actuaron […] con mayores índices de crueldad” 75. C) Masacre de 4 de marzo de 1980 en la capilla de la comunidad de Río Negro y ejecuciones extrajudiciales del 8 de julio de 1980 68. El 4 de marzo de 1980 dos miembros del ejército guatemalteco y un agente de la Policía Militar Ambulante (en adelante “PMA”) llegaron a la aldea de Río Negro en búsqueda de algunas personas que acusaban de haber robado víveres de los trabajadores del INDE que construían la represa en el Río Chixoy 76. Los miembros de la comunidad de Río Negro se reunieron frente a la capilla de la aldea, tras lo cual surgió una discusión y aparentemente fue golpeado el agente de la PMA 77. La prueba que consta en el expediente discrepa en cuanto a si fue dicho agente o sus compañeros quienes seguidamente dispararon en contra de las personas ahí reunidas, resultando en la muerte de seis de éstas 78, mientras que otra persona Elementos del Legado de la Represa Chixoy, supra, (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XXI, folios 12747 y 12748), e Informe “Generación de insumos para la verificación e identificación de daños y perjuicios por construcción de la hidroeléctrica de Chixoy”, supra, (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XXI, folio 13051). 72 Estudio de los Elementos del Legado de la Represa Chixoy, supra, volumen dos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XXI, folio 12851). 73 Cfr. Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, tomo VI, anexo I, Caso Ilustrativo No. 10 “Masacre y Eliminación de la Comunidad de Río Negro”. 74 Cfr. Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, capítulo segundo, tomo III, párr. 3390. 75 Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, capítulo segundo, tomo III, párr. 3411. 76 Cfr. Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, tomo VI, anexo I, Caso Ilustrativo No. 10 “Masacre y Eliminación de la Comunidad de Río Negro”; testimonio rendido por Antonia Osorio Sánchez el 24 de junio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 481); testimonio rendido por Jerónimo Osorio Chen el 6 de julio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 495 a 496), y testimonio rendido por Francisco Chen Osorio el 1 de julio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 553 a 554). 77 Los testimonios que constan en el expediente discrepan en cuanto a si los miembros de la comunidad de Río Negro se reunieron en frente de la capilla por iniciativa propia, o bien, fueron citados por los agentes del Estado mencionados. Cfr. Informe “Guatemala, Memoria del Silencio”, supra, tomo VI, anexo I, Caso Ilustrativo No. 10 “Masacre y Eliminación de la Comunidad de Río Negro”; testimonio rendido por Antonia Osorio Sánchez el 24 de junio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 481); testimonio rendido por Jerónimo Osorio Chen el 6 de julio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 495), y testimonio rendido por Francisco Chen Osorio el 1 de julio de 2009 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folio 554). 78 Las personas que murieron en este ataque fueron: Calixto Chen. Cfr. certificado de nacimiento (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XXV, folio 15133) y certificado de defunción (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XXV, folio 15132). Véase, además, la declaración de Antonia Osorio Sánchez (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 481 a 490) y la declaración de Jerónimo Osorio Chen (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo I, folios 491 a 505); Francisco Tum

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