8. Observaciones a las excepciones preliminares. – El 23 de febrero de 2022 los Defensores Públicos Interamericanos presentaron sus observaciones a las excepciones preliminares. De la misma manera, el 24 y 28 de febrero de 2022, el representante Jemio Mendoza y la Comisión presentaron, respectivamente, sus observaciones a las excepciones preliminares. El representante Gómez Rojas no presentó observaciones. 9. Fondo de Asistencia Legal. – Mediante nota de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de octubre de 2019 y siguiendo instrucciones de la Presidencia del Tribunal, se declararon procedentes las solicitudes de los Defensores Públicos Interamericanos y del representante Jemio Mendoza para acogerse al Fondo de Asistencia Legal a las víctimas. 10. Audiencia Pública. – Mediante Resolución de 25 de mayo de 2022, la Presidencia de la Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas7. La audiencia pública se llevó a cabo el 21 de junio de 2022 en el marco del 149° Período Ordinario de Sesiones8. En el curso de la audiencia se recibieron las declaraciones de dos presuntas víctimas9 y de una perita ofrecida por los Defensores Públicos Interamericanos, asimismo los Jueces y Juezas de la Corte solicitaron cierta información y explicaciones a las partes y a la Comisión. 11. Alegatos y observaciones finales escritos. – El 21 de julio de 2022 los Defensores Públicos Interamericanos y el representante Jemio Mendoza presentaron, respectivamente, sus alegatos finales escritos. Asimismo, el 22 de julio de 2022, el representante Gómez Rojas, el Estado y la Comisión, remitieron, respectivamente, sus alegatos y observaciones finales escritas. Los representantes Jemio Mendoza y Gómez Rojas, y el Estado acompañaron sus escritos de anexos. 12. Observaciones a los anexos a los alegatos finales escritos. - El 8 de agosto de 2022, los Defensores Públicos indicaron no tener observaciones a los anexos presentados por los representantes Jemio Mendoza y Gómez Rojas, y el Estado, en ocasión de sus alegatos finales escritos. El 9 de agosto de 2022, la Comisión indicó también no tener observaciones a los anexos presentados. En esa misma fecha, el representante Jemio Mendoza y el Estado presentaron sus observaciones a los anexos incluidos en los alegatos finales escritos. No se recibieron observaciones por parte del representante Gómez Rojas. 13. Solicitud de reserva de nombre. - Por medio de escrito presentado el 16 de septiembre de 2022, los Defensores Públicos Interamericanos solicitaron que se reservara el nombre de una de las presuntas víctimas para evitar su revictimización. La Corte accedió a esta solicitud por lo que en esta sentencia se utilizarán las siglas F.E.P.M. para referirse a esta presunta víctima. 14. Erogaciones en aplicación del Fondo de Asistencia. – El 6 de octubre de 2022 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte, remitió información al Estado sobre las erogaciones efectuadas en aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas en el presente caso y, según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento Cfr. Caso Valencia Campos y otros Vs. Bolivia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 25 de mayo de 2022. Disponible en https://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/valencia_campos_y_otros_25_05_22.pdf. 7 8 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Erick Acuña Pereda y Paula Rangel, asesores; b) por las representaciones de las presuntas víctimas Silvia Edith Martínez, Jacob Alonso Orribarra, Hugo Jemio Mendoza y Carlos Eduardo Gómez; y c) por el Estado Plurinacional de Bolivia: Patricia Guzmán Meneses, Jhanneth del Rosio Bustillos Bustillos y Jaime Mauricio Quiroga Carvajal. 9 A solicitud de sus representantes, la presunta víctima F.E.P.M. rindió su declaración de forma privada. 6

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