ciertos daños alegados y en relación con la mayoría de las víctimas, los representantes no refirieron suficientes elementos probatorios respectos a los montos de daño material que alegan. 328. En virtud de lo anterior, la Corte estima procedente determinar en equidad, a fin de reparar en forma unificada o conjunta los daños materiales y los inmateriales, como compensación de los mismos y considerando las distintas violaciones a derechos humanos sufridas por las víctimas, los siguientes montos dinerarios, a favor de cada una de las presuntas víctimas y beneficiarias de las reparaciones de acuerdo con lo que se indica a continuación: a) Genaro Ahuacho Luna: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). b) Norma Lupe Alarcón Castillo: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). Asimismo, se le otorgará un monto de US$ 1,000.00 (mil dólares de los Estados Unidos de América) por concepto de compensación en equidad de las joyas secuestradas durante el allanamiento que no le fueron devueltas. c) Alfredo Bazán y Rosas: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). d) Víctor Manuel Boggiano Bruzzón: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). e) Freddy Cáceres Castro: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). f) Carlos Enrique Castro Ramírez: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). g) Claudio Centeno Valencia: US$ 10,000.00 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América). h) Carlos Eladio Cruz Añez: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). i) Patricia Catalina Gallardo Ardúz: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). j) Victoria Gutiérrez Aguilar: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). k) Oswaldo Lulleman Antezana: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). l) Jenny Paola Lulleman Gutiérrez: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). m) Luis Lulleman Gutiérrez: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). n) Raúl Oswaldo Lulleman Gutiérrez: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). o) Julia Mamanu Mamani: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). p) Elacio Peña Córdova: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). q) María Fernanda Peña Gallardo: US$ 10,000.00 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América). r) F.E.P.M.: US$ 65,000.00 (sesenta y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América). s) Edwin Rodríguez Alarcón: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). t) Carlos Álvaro Taboada Valencia: US$ 20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). u) Claudia Valencia Alarcón: US$ 40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América). 93

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