señor Montoya a los hermanos Maloff, quienes solicitaron la devolución del dinero de la
compraventa ante la imposibilidad de talar madera en dicho terreno debido a la cancelación del
permiso para la tala conseguido por Jeannette Kawas en la oficina nacional competente en
esos temas.
15. Asimismo, afirman que se sugirió como posible ejecutora del crimen a la señora Mirtala
Gómez Amaya, cuñada de la presunta víctima, debido en parte a altercados personales
referidos al capital del señor Jacobo Kawas, hermano de la presunta víctima.
16. Aducen además que los mismos agentes del Estado admiten sentirse atemorizados de
proseguir con la investigación del caso debido a la magnitud de los intereses involucrados en el
mismo.
17. Que el testigo ocular del crimen, Sr. Marcial Bueno, tampoco ha dado ninguna declaración
debido al miedo que tiene de perder su vida ya que considera que los autores del asesinato
son personas del mismo lugar y que son muy peligrosas.
18. Aducen además que el Sargento Perdomo, de la Fuerza de Seguridad Pública, habría
coaccionado a Juan Francisco López Mejía para que dijera ser el autor. Asimismo, que a este
mismo Sargento se le habría visto visitar la casa del señor Jorge Montoya, presunto autor
intelectual del asesinato.
19. Los peticionarios alegan, de esta manera, que hay varias teorías respecto al asesinato de
la presunta víctima y que ninguna de estas fue investigada exhaustivamente y que, inclusive,
“desde 1996 el caso se encuentra inactivo sin que se haya llevado ninguna diligencia para
esclarecer los hechos, identificar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales del
crimen. Finalmente, que la única acción judicial posterior a 1996 consiste en el
apersonamiento de un nuevo fiscal el 8 de junio de 2001” 1. Dicen, textualmente, los
peticionarios: Así la investigación del asesinato de Blanca Jeannette Kawas Fernández “no ha
sido seria, ni eficaz para brindar justicia a esta reconocida defensora ambientalista” 2, a pesar
de la existencia de testigos, declaraciones, informes de la DIC, etc. Que en relación con las
distintas hipótesis alrededor del asesinato de la víctima, hasta el momento “no se ha
identificado a ningún responsable, ni se agotaron ninguna de las líneas de investigación que
acompañan las diversas teorías”. 3
20. Los peticionarios alegan también que el caso se enmarca dentro de una política de
ejecuciones extrajudiciales y hostigamientos contra los defensores del medio ambiente que,
según se puede demostrar, el Estado avala o tolera.
21. En el mismo sentido, los peticionarios argumentan que las amenazas recibidas por la
presunta víctima, y su posterior asesinato, se encuentra dentro de la situación crítica que
viven los ambientalistas en Honduras. Que las ejecuciones de otros líderes de este
movimiento, como Héctor Rodríguez Pastor Fasquel, Carlos Roberto Flores, Carlos Luna y
Carlos Escaleras Mejía, demuestran este patrón que tanto Amnistía Internacional, Naciones
Unidas y el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América han demostrado en
diferentes informes. Que la demora judicial es parte de esta actitud del Estado frente a los
defensores ambientalistas que, en este caso concreto, ha sobrepasado cualquier concepción de
plazo razonable.
22. Finalmente, aducen los peticionarios que las gestiones enunciadas por el Estado no
resuelven los considerables defectos de la investigación, las cuales se dieron después que
haber transcurrido mucho tiempo después del asesinato.
B.
1
2
3
El Estado
Petición presentada por los peticionarios de fecha 13 de enero de 2003.
Idem.
Idem.
3