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Funcionamiento del Fondo de Asistencia (en adelante el “Reglamento del Fondo de
Asistencia), se dispone que la Secretaría de la Corte abra un expediente de gastos con
el fin de llevar la contabilidad y en el cual se documentará cada una de las erogaciones
que se realice con el referido fondo.
41.
Finalmente, el Presidente recuerda que, según el artículo 5 del Reglamento del
Fondo, se informará oportunamente al Estado demandado las erogaciones realizadas
en aplicación del Fondo de Asistencia, para que presente sus observaciones, si así lo
desea, dentro del plazo que se establezca al efecto.
F. Alegatos y observaciones finales orales y escritos
42.
Los representantes y el Estado podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos
finales orales sobre las excepciones preliminares, y eventuales fondo, reparaciones y
costas en este caso, respectivamente, al término de las declaraciones y peritajes.
Como se establece en el artículo 51.8 del Reglamento, concluidos los alegatos la
Comisión Interamericana presentará sus observaciones finales orales.
43.
De acuerdo con el artículo 56 del Reglamento, las presuntas víctimas o sus
representantes, el Estado y la Comisión podrán presentar sus alegatos finales escritos
y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones
preliminares, fondo reparaciones y costas, en el plazo fijado en el punto resolutivo 12
de esta Resolución.
POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
De conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los
artículos 4, 15.1, 26, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 50 a 58 y 60 del Reglamento del
Tribunal y en ejercicio de sus atribuciones con relación al Fondo de Asistencia Legal de
Víctimas de la Corte,
RESUELVE:
1.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución (Considerandos
32 a 34), de conformidad con el principio de economía procesal y en ejercicio de la
facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes
personas presenten sus declaraciones ante fedatario público:
A) Presunta víctima convocada de oficio por el Presidente
1. Melba Suárez Peralta, quien declarará sobre las alegadas violaciones a sus
derechos humanos, las supuestas consecuencias de ello en su estado de
salud, y las eventuales medidas de reparación que considere necesarias en
su caso.
B) Testigos propuestos por el representante