12 1. Eduardo Tigua Castro médico psicólogo, quien declarará sobre los padecimientos psicológicos de la señora Suárez Peralta, así como el deterioro de su núcleo familiar; 2. Rodolfo Sánchez Jiménez, docente universitario en la Facultad de Ciencias Psicológicas, quien declarará sobre la situación actual que atraviesa la señora Suárez Peralta y la secuelas que puede dejarle en el futuro la mala práctica médica ocurrida en el pasado, y 3. Luis Humberto Córdova Ramos, teniente de la Comisión de Tránsito del Ecuador, quien declarará sobre el alegado hecho que la Comisión de Tránsito ofreció las operaciones a través de médicos cubanos en el año 2000. C) Peritos propuestos por el representante 1. Ignacio Hanna Musse, profesor universitario y médico personal de la señora Suárez, quien declarará sobre el tratamiento que ha seguido la víctima en los últimos años y el tratamiento futuro que debe seguir; 2. Iván Castro Patiño, ex Decano de la Facultad de Jurisprudencia de la universidad Católica de Santiago Guayaquil, quien declarará sobre las garantías del debido proceso, el impulso procesal del Estado en la investigación del delito y las consecuencias para el Estado en la impunidad de una causa, y 3. Hugo Miguel Morán Sánchez, perito contable, quien declarará sobre el cálculo de los gastos por daño material que la víctima ha tenido hasta el momento actual. D) Peritos propuestos por el Estado 1. Verónica Valencia, Jefe del servicio de psiquiatría del Hospital Eugenio Espejo, quien declarará sobre modelos de intervención psiquiátrica en procesos pre-operatorios, peri-operatorios y post-operatorios, y 2. Jaysoon Abarca, Jefe del servicio de gastroenterología del Hospital Eugenio Espejo, quien declarará sobre procesos de diagnóstico, emergencia y cirugía en gastroenterología en Ecuador. 2. Requerir al representante y el Estado que remitan, de considerarlo pertinente y en el plazo improrrogable que vence el 11 de enero de 2013, las preguntas que estimen oportunas formular a través de la Corte Interamericana a la presunta víctima, los testigos y peritos mencionados en el punto resolutivo primero de la presente Resolución. Las declaraciones y peritajes requeridos en el punto resolutivo primero deberán ser presentados a más tardar el 1 de febrero de 2013. 3. Requerir al representante, al Estado, la Comisión y la Secretaría del Tribunal que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las respectivas preguntas de las partes, los declarantes y peritos incluyan las respuestas respectivas en sus declaraciones rendidas ante fedatario público, de conformidad con los considerandos 32 y 33 de la presente Resolución.

Seleccionar párrafo de destino3