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llegar a ser beneficiaria de una suma de dinero en caso de acreditarse su vínculo familiar
con el señor Raúl Baigorria y solicitarle que se presentara en la Casa de Gobierno de la
Provincia de Mendoza24. En agosto de 2016 la referida señora fue notificada nuevamente
para solicitarle que se presentara en la Dirección de Enlace de Asuntos Penitenciarios y
Justicia en relación con el “cumplimiento de la sentencia del [presente] caso” 25. No
consta en el expediente de supervisión de cumplimiento de este caso que la señora
Cecilia Gabriela Gibbs se hubiera presentado en las dependencias en las que fue
requerida.
14.
Adicionalmente, la Corte constata que los señores Ricardo Baigorria Balmaceda y
Sara Esther Baigorria Balmaceda, hermanos de la víctima, también fueron notificados
para solicitarles que se presentaran en la Dirección de Enlace de Asuntos Penitenciarios y
Justicia26. El 25 de agosto de 2016 se presentaron a rendir su “declaración testimonial”,
en la cual ambos manifestaron que su hermano “no tiene hijos extramatrimoniales”27.
15.
A pesar que todas las acciones realizadas hasta el momento por el Estado no han
tenido el resultado de localizar algún hijo del señor Baigorria, la Corte valora
positivamente que Argentina haya continuado adoptando medidas orientadas a dar
cumplimiento a la medida de reparación relativa a la búsqueda e identificación de los
hijos del señor Baigorria. En especial, se valora el esfuerzo de localizar y citar, en dos
oportunidades, a la presunta hija de la víctima con la señora Juana del Carmen Gibbs,
aunque ésta no se haya presentado a las dependencias a las que fue citada (supra
Considerandos 5 y 13).
16.
En cuanto a la objeción del representante de las víctimas (supra Considerando
11), este Tribunal estima pertinente recordar que durante la etapa de supervisión de
cumplimiento tanto él como los familiares del señor Baigorria, fundamentalmente sus
hermanos, han afirmado que desconocen sobre la existencia de los presuntos hijos
extramatrimoniales de dicha víctima (supra Considerandos 8 y 14). Tampoco consta que
hayan aportado información que pudiera contribuir al Estado en su búsqueda e
identificación. Además, en cuanto a lo resaltado respecto a que el fin de esta reparación
es abonar la indemnización fijada a los hijos extramatrimoniales del señor Baigorria, la
Corte recuerda que desde el año 1999 el Estado depositó los montos en una cuenta
bancaria para que fueran reclamados por los beneficiarios una vez fueran identificados
como hijos de la víctima (supra Considerando 9).
17.
El Tribunal considera que las acciones emprendidas por Argentina durante los
diecinueve años en que el caso ha estado en etapa de supervisión de cumplimiento han
sido suficientes para realizar una adecuada búsqueda de los presuntos hijos
extramatrimoniales del señor Baigorria (supra Considerandos 7, 8, 13 y 14) y que
cumplen con el sentido de la reparación ordenada. Lo requerido por la Corte consistía en
24
Cfr. Acta de notificación del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de
Mendoza de 5 de noviembre de 2009, firmada de “notificado” por “Cecilia Gabriela Gibbs” (anexo al informe
estatal de 26 de noviembre de 2009).
25
Cfr. Acta de notificación de la Dirección de Enlace de Asuntos Penitenciarios y de Justicia del Ministerio de
Seguridad del Gobierno de Mendoza de 22 de agosto de 2016, firmada de “notificado” por “Gibbs Cecilia”
(anexo al informe estatal de 28 de septiembre de 2016).
26
Cfr. Acta de notificación de la Dirección de Enlace de Asuntos Penitenciarios y de Justicia del Ministerio de
Seguridad del Gobierno de Mendoza de 22 de agosto de 2016 para que los señores Ricardo Baigorria
Balmaceda y Sara Esther Baigorria se presentaran ante dicha dependencia (anexo al informe estatal de 28 de
septiembre de 2016).
27
El señor Ricardo Baigorria declaró lo siguiente: “que yo sepa mi hermano no tiene hijos
extramatrimoniales”. La señora Sara Esther Baigorria declaró lo siguiente: “no, yo que sepa[,] no tiene hijos
extramatrimoniales”. Cfr. Declaraciones testimoniales de los señores Ricardo Baigorria Balmaceda y Sara
Esther Baigorria rendidas el 25 de agosto de 2016 en la Dirección de Enlace de Asuntos Penitenciarios y de
Justicia del Ministerio de Seguridad del Gobierno de Mendoza (anexos al informe estatal de 28 de septiembre
de 2016).