descripción clara de los hechos y su relación con los elementos de prueba actuados
durante el proceso y la adecuación con la norma penal a través de un razonamiento
motivado, lo cual corresponde al parámetro establecido por la Corte.
113. En razón de lo anterior, de acuerdo a la controversia planteada, corresponde
determinar si, de conformidad a los estándares del debido proceso establecidos en el
artículo 8 de la Convención Americana, se violó el principio de presunción de inocencia
y el deber de motivar las resoluciones judiciales dictadas contra la presunta víctima.
La Corte seguidamente analizará las cuestiones planteadas.
114. El principio de presunción de inocencia, tal y como se desprende del artículo
8.2 de la Convención, “exige que una persona no pueda ser condenada mientras no
exista prueba plena de su responsabilidad penal. Si obra contra ella prueba
incompleta o insuficiente, no es procedente condenarla, sino absolverla”99. Debe
recordarse que “[l]a falta de prueba plena de la responsabilidad en una sentencia
condenatoria constituye una violación al principio de presunción de inocencia” 100. En
este sentido, cualquier duda debe ser usada en beneficio del acusado 101. La Corte
considera que el derecho a la presunción de inocencia es un elemento esencial para la
realización efectiva del derecho a la defensa y acompaña al acusado durante toda la
tramitación del proceso hasta que una sentencia condenatoria que determine su
culpabilidad quede firme. Este derecho implica que el acusado no debe demostrar que
no ha cometido el delito que se le atribuye, ya que el onus probandi corresponde a
quien acusa102.
115. En lo que se refiere a la motivación de las sentencias, la Corte ha entendido de
forma reiterada que la motivación “es la exteriorización de la justificación razonada
que permite llegar a una conclusión” 103, y que el deber de motivar las decisiones es
una garantía que se desprende del artículo 8.1 de la Convención, vinculada a la
correcta administración de justicia, pues protege el derecho de los ciudadanos a ser
juzgados por las razones que el derecho suministra y da credibilidad a las decisiones
jurídicas en una sociedad democrática104. Por tanto, las decisiones que adopten los
órganos internos que puedan afectar derechos humanos deben estar debidamente
fundamentadas. De lo contrario serán decisiones arbitrarias 105.
116. La Corte subraya la relevancia de la motivación, a fin de garantizar el principio
de presunción de inocencia, principalmente en una sentencia condenatoria, la cual
Caso Cantoral Benavides Vs. Perú. Fondo. Sentencia de 18 de agosto de 2000. Serie C No. 69, párr.
120, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr.
122.
100
Caso Cantoral Benavides Vs. Perú. Fondo, supra, párr. 121, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú.
Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 122.
101
Cfr. Caso Ruano Torres Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 127, y Caso
Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 122.
102
Cfr. Caso Ricardo Canese Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto
de 2004. Serie C No. 111, párr. 154, y Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas, supra, párr. 138.
103
Cfr. Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones
y Costas. Sentencia de 21 de noviembre de 2007. Serie C No. 170, párr. 107, y Caso Amrhein y otros Vs.
Costa Rica. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, supra, párr. 268.
104
Cfr. Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) Vs. Venezuela.
Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 182,
párr. 77, y Caso Cordero Bernal Vs. Perú. Excepción Preliminar y Fondo, supra, párr. 79.
105
Cfr. Caso Yatama Vs. Nicaragua, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 23 de junio de 2005. Serie C No. 127, párrs. 152 y 153, y Caso Chocrón Chocrón Vs.
Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de julio de 2011. Serie C
No. 227, supra, párr. 118.
99
31