señores Gisela Romero, madre del señor Oscar José Blanco Romero, Teodora Paz de
Hernández y Roberto Aniceto Hernández, padres del señor Roberto Javier
Hernández, y Nélida Josefina Fernández Pelicie y Francisco Jeremías Rivas, padres
del señor José Francisco Rivas Fernández, para atender cada uno de los gastos
indicados en el párrafo anterior. En este sentido, la Corte estima pertinente fijar en
equidad las siguientes cantidades como indemnización por ese concepto:
a)
US$ 1.000,00 (mil dólares de los Estados Unidos de América) a favor
de la señora Alejandra Josefina Iriarte de Blanco, esposa del señor Oscar José
Blanco Romero;
b)
US$ 1.000,00 (mil dólares de los Estados Unidos de América) a favor
de la señora Gisela Romero, madre del señor Oscar José Blanco Romero;
c)
US$ 500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América) a
favor de cada una de las señoras Aleidy Maritza Hernández Paz y Teodora Paz
de Hernández, hermana y madre del señor Roberto Javier Hernández Paz,
respectivamente; y
d)
US$ 1.000,00 (mil dólares de los Estados Unidos de América) a favor
de los padres del señor José Francisco Rivas Fernández. De esta cantidad
US$ 500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América)
corresponderán a la señora Nélida Josefina Fernández Pelicie y US$ 500,00
(quinientos dólares de los Estados Unidos de América) al señor Francisco
Jeremías Rivas.
C)
DAÑO INMATERIAL
Alegatos de la Comisión
83.
La Comisión señaló que:
a) los familiares de las víctimas han padecido la perdida de sus familiares en
condiciones traumáticas, acompañadas de una situación de angustia e
incertidumbre debido al desconocimiento de su paradero. La demora en el
desarrollo de las investigaciones de los hechos y la falta de medidas efectivas
para identificar, enjuiciar y sancionar a los culpables aumentan el sufrimiento
de dichos familiares;
b) a las graves consecuencias de los hechos “se une la detención, maltratos,
insultos y otras humillaciones sufridas por la señora Nélida [Josefina
Fernández Pelicie] y el tratamiento agresivo y displicente sufrido por [la
señora Iriarte de Blanco] y los familiares del señor Roberto Javier Hernández
Paz en su interminable búsqueda”; y
c) solicitó a la Corte que ordene el pago de una compensación por concepto
de daños inmateriales, conforme a la equidad y en consideración de las
circunstancias del presente caso.
Alegatos de los representantes
84.
Los representantes manifestaron que:
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