28 79. El 30 de julio de 2001 el Juzgado de Letras realizó una inspección al expediente judicial 1095-98, relacionado con los delitos de hurto de madera, daños y encubrimiento contra los señores Gilberto Maldonado Izaguirre y Jorge Alberto Núñez 143. 80. El 15 de noviembre de 2001 se realizó una inspección judicial a las oficinas regionales de la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR) de Juticalpa, a efecto de inspeccionar el registro de audiencias o visitas a esa institución 144. 81. El 21 de noviembre de 2001 el Juez Mario Alberto Amaya Oliva “tomando en consideración que se [realizaron] varios comentarios a trav[és] de los [m]edios de [c]omunicación de [la] localidad, [referentes a] que [su] persona [tenía] interés directo en la causa instruida en relación con la muerte del señor Carlos Antonio Luna y la [t]entativa de [h]omicidio de Silvia Gonzales, [tomó] la decisión de [e]xcusar[se] de conocer dicha causa, además de haber recibido amenazas a [m]uerte, sin saber de d[ó]nde proced[ían] las mismas”145. Al respecto, el 29 de noviembre del mismo año la Corte Suprema de Justicia aprobó la excusa solicitada y, en consecuencia, las diligencias de referencia fueron reasignadas al Juzgado de Paz de lo Criminal de Catacamas. Dicha aprobación fue notificada al día siguiente146. 82. El 30 de noviembre de 2001 el Juzgado de Paz de lo Criminal revocó el auto de prisión dictado en contra de Jorge Chávez por considerar que “se ha[bían] desvanecido uno a uno todos y cada uno de los indicios que daban una probabilidad de [su] posible participación”147. No obstante, el 21 de marzo de 2002 la Corte Tercera de Apelaciones ordenó revocar la resolución de 30 de noviembre de 2001 y observó que, “dadas las múltiples irregularidades cometidas en la tramitación de la presente causa, muy especialmente a partir de una sentencia previa dictada por este Tribunal en anterior recurso de apelación que no fue acatada por el Juez Instructor […] sino hasta pasados tres meses desde que tuvo en su poder la [c]ertificación del referido fallo, procede que se ponga en conocimiento en la Inspector[í]a General de Tribunales para los fines correspondientes” 148. El señor Jorge Chávez fue remitido a la Penitenciaría Nacional, y por encontrarse ahí recluido el señor José Ángel Rosa, se solicitó al Director del centro penitenciario “la separación de dichos encausados para evitar situaciones dificultosas”149. 142 Cfr. Audiencia de careo de 23 de abril de 2001 realizada entre Eracles Javier Escobar y Fredy Noel Salgado Mejía (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5483); audiencia de careo de 25 de mayo de 2001 realizada entre Jorge Chávez y Karol Vanessa Padilla (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5605), y audiencia de careo de 25 de mayo de 2001 realizada entre Jorge Chávez y Tito Ambrosio Velásquez (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5607). 143 Cfr. Acta de Inspección de 30 de julio de 2001 emitida por el Juzgado de Letras Seccional de Catacamas (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5670). 144 Cfr. Acta de Inspección Judicial de 15 de noviembre de 2001 emitida por el Juzgado Primero de Letras de lo Criminal de Juticalpa (expediente de anexos a la contestación del Estado, folios 5723 y 5724). 145 Escrito de 21 de noviembre de 2001 dirigido a la Corte Suprema de Justicia (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5763). 146 Cfr. Oficio No. 3481-SCSJ-2001 de 29 de noviembre de 2001 emitido por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia (expediente de anexos a la contestación del Estado, folios 5764 y 5765). 147 Resolución del Juzgado de Paz de lo Criminal de 30 de noviembre de 2001 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folios 5769 y 5770). 148 Cfr. Resolución de la Corte Tercera de Apelaciones de 21 de marzo de 2002 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folios 5791 y 5798). 149 Oficio del Juzgado de Paz de lo Criminal dirigido al Director de la Penitenciaría Nacional con fecha de 15 de julio de 2002 (expediente de anexos a la contestación del Estado, folio 5848).

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