Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso de la masacre de La Rochela vs. Colombia
Sentencia de 28 de enero de 2008
(Interpretación de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas)
En el caso de la masacre de La Rochela,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la
Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:
Sergio García Ramírez, Presidente;
Cecilia Medina Quiroga, Vicepresidenta;
Manuel E. Ventura Robles, Juez;
Diego García-Sayán, Juez;
Leonardo A. Franco, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza; y
Rhadys Abreu Blondet, Jueza;
presentes, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta;
de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en
adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y el artículo 59 del Reglamento de
la Corte (en adelante “el Reglamento”), resuelve la demanda de interpretación de la
Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte el 11 de mayo de 2007 en el
caso de la masacre de La Rochela vs. Colombia (en adelante “la demanda de
interpretación”), interpuesta por el Estado de Colombia (en adelante “el Estado” o
“Colombia”).
I
INTRODUCCIÓN DE LA DEMANDA DE INTERPRETACIÓN Y PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
1.
El 3 de septiembre de 2007 el Estado presentó una demanda de interpretación de la
Sentencia de fondo, reparaciones y costas1 emitida en este caso el 11 de mayo de 2007 (en
1
Cfr. Caso de la masacre de La Rochela. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de mayo de 2007.
Serie C No. 163.
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