Fiscalía reiteró la orden de escuchar la declaración de Mario Jaimes Mejía, alias el Panadero80, la cual fue
rendida el 18 de septiembre de 200981. El 30 de diciembre de 2009 se ordenó la práctica de nuevas pruebas,
incluida la obtención del “orden de batalla del "Bloque Capital" de las autodefensas para el año 2000”, la
“copia de los videos de los peajes que se encontraban ubicados para el 25 de mayo de 2000 sobre la vía
Bogotá –Villavicencio”, la inspección judicial al libro de minuta de la guardia del CAI Catama de la ciudad de
Villavicencio, a fin de establecer si dejó alguna anotación respecto del hallazgo de la periodista Jineth Bedoya,
el lugar donde fue abandonada, las circunstancias en que fue encontrada y lo que este le dijo a la policía”, así
como solicitar al Instituto Nacional Penitenciario (INPEC) “los nombres del personal de guardia al ingreso de
dicho establecimiento para el 25 de mayo de 2000”82.
46.
El 1 de febrero de 2010, la Fiscalía ordenó escuchar la declaración a varios de los guardianes
de la cárcel Nacional Modelo83, que se encontraban en servicio en la puerta de ingreso el día de los hechos, así
como del Inspector del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, las cuales fueron rendidas 5 y 18 de
mayo y 11 de agosto de 2010. El 4 de marzo se recibió el informe de la Dirección de Investigación Criminal e
Interpol sobre la Orden de Batalla del Bloque Capital de las autodefensas84. Además, el 8 de febrero de 2010,
el Instituto Nacional de Concesiones dio contestación a una comunicación enviada por la Fiscalía por medio
de la cual solicitaba copia de los videos de los peajes de la vía Bogotá-Villavicencio. En dicha comunicación, el
instituto indicó que “las grabaciones realizadas en los peajes solo se tiene un máximo por treinta días, razón
por la cual no podemos atender su solicitud”85.
47.
El 27 de julio de 2010 la Fiscalía ordenó escuchar la ampliación de declaración de la
periodista Jineth Bedoya “a quien en la misma fecha se le inform[ó] sobre el estado actual de la
investigación”86. El 11 de agosto la periodista rinde su declaración87. A partir de la declaración de Jineth
Bedoya, el 12 de agosto de 2010 la Fiscalía ordenó la realización de nuevas diligencias probatorias, incluida la
declaración de Jhon Jairo Velázquez Vásquez, alias Popeye88. Esta declaración fue rendida el 9 de septiembre
de 201089. El 12 de noviembre de 2010 se allegó al expediente un nuevo informe de del CTI90, pero no consta
que se haya adoptado acciones adicionales con la información suministrada por el declarante.
48.
En estos diez años la investigación nunca superó la etapa preliminar de investigación.
49.
En enero 2011 Jineth Bedoya se constituyó en parte civil dentro del proceso y los días 12 y
20 de abril solicitó, a través de sus representantes legales, aclaraciones sobre el desarrollo de la investigación
preliminar91. El 1492 y 2993 de abril de 2011 la Fiscalía respondió la solicitud de la parte civil y ordenó la
Anexo 57. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Resolución de 7 de enero de 2009. Radicado 807. C3, fs. 263-266. Anexo 12 del escrito
de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
81 Anexo 58. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Declaración rendida por Mario Jaimes Mejia. 18 de septiembre de 2009. Radicado 807.
C3, fs. 297-299. Anexo 12 del escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
82 Anexo 59. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Resolución de 30 de diciembre de 2009. Radicado 807. C4, f. 9. Anexo 12 del escrito de
la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
83 Anexo 60. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Resolución de 1 de febrero de 2010. Radicado 807. C3, fs. 263-266. Anexo 12 del escrito
de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
84 Anexo 61. Ministerio de Defensa Nacional. Policía Nacional. Dirección de Investigación Criminal e Interpol. Oficio No. 0796 y anexos. 4
de marzo de 2010. Radicado 807. C4, fs. 15-18. Anexo 12 del escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
85 Anexo 62. Instituto Nacional de Concesiones. Comunicación al Asistente de Fiscal II UNDH y DIH, 8 de febrero de 2010. Anexo del
escrito de los peticionarios recibido el 20 de junio de 2011.
86 Anexo 63. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Resolución de 27 de julio de 2010. Radicado 807. C4, fs. 34. Anexo 12 del escrito de la
parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
87 Anexo 64. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Ampliación de denuncia rendida por Jineth Bedoya Lima. 11 de agosto de 2010.
Radicado 807. C4, fs. 41-42. Anexo 12 del escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
88 Anexo 65. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Resolución de 12 de agosto de 2010. Radicado 807. C4, fs. 44. Anexo 12 del escrito de la
parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
89 Anexo 66. Fiscalía General de la Nación. UNDH. Declaración de Jhon Jairo Velázquez Vásquez de 9 de septiembre de 2010. Radicado
807. C4, fs. 48-52. Anexo 12 del escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
90 Anexo 67. Fiscalía General de la Nación. UNDH. CTI. Informe No. 571005 de 12 de noviembre de 2010. Radicado 807. C4, sin folio.
Anexo 12 del escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
91 Anexo 68. Fundación para la Libertad de Prensa. Escritos de 12 y 19 de abril de 2011. Radicado 807. C4, fs. 120-137. Anexo 12 del
escrito de la parte peticionaria recibido el 29 de mayo de 2015.
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