gubernamental que era crítica del gobierno de esa época557. Dentro de dichas actividades se identificó la
grabación de llamadas telefónicas, copia de correos electrónicos, entre otras.
307.
La Corte Europea tomó en cuenta el informe de 2013 emitido por el entonces Relator Especial
de la ONU sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, quien indicó lo
siguiente:
Las técnicas y tecnologías de las comunicaciones han evolucionado considerablemente,
cambiando la forma en que los Estados llevan a cabo la vigilancia de las comunicaciones. Por
consiguiente, los Estados deben actualizar su comprensión y reglamentación de la vigilancia
de las comunicaciones y modificar sus prácticas para velar por el respeto y la protección de
los derechos humanos de las personas. (…) Sin la legislación y las normas jurídicas suficientes
que garanticen la intimidad, la seguridad y el anonimato de las comunicaciones, los
periodistas, los defensores de los derechos humanos y los denunciantes de irregularidades,
por ejemplo, no pueden estar seguros de que sus comunicaciones no serán objeto de control
estatal558.
308.
Respecto de la vigilancia de las comunicaciones, el entonces Relator agregó lo siguiente:
La vigilancia de las comunicaciones debe considerarse un acto sumamente perturbador que
podría suponer una injerencia en los derechos a la libertad de expresión y la intimidad, y que
atenta contra los fundamentos de una sociedad democrática. La legislación debe estipular
que la vigilancia de las comunicaciones por el Estado solo se realice en las situaciones más
excepcionales y únicamente con la supervisión de una autoridad judicial independiente. La
legislación debe incluir salvaguardias relativas a la naturaleza, el alcance y la duración de las
posibles medidas, los motivos que se requieren para disponerlas, las autoridades
competentes para autorizarlas y supervisarlas, y el tipo de reparaciones previstas en la
legislación nacional.
(…)
Los Estados deben penalizar la vigilancia ilegal por los agentes públicos o privados. Estas leyes
no deben utilizarse contra denunciantes de irregularidades ni otras personas que desean
denunciar violaciones de los derechos humanos, ni deben impedir la legítima vigilancia de la
acción gubernamental por los ciudadanos559.
309.
Asimismo, la Corte Europea resaltó la importancia de examinar en el caso concreto si las
actividades de inteligencia estaban dirigidas a un grupo determinado de personas, como por ejemplo,
organizaciones civiles que pueden ser críticas al gobierno de un Estado560.
310.
En el Informe sobre Libertad de Expresión e Internet de 2013 la CIDH y su Relatoría Especial
para la Libertad de Expresión indicaron lo siguiente sobre las afectaciones a los derechos a la vida privada y a
la libertad de expresión mediante la interceptación de comunicaciones privadas:
148. La interceptación y retención de datos sobre las comunicaciones privadas comporta
tanto una limitación directa al derecho a la intimidad como una afectación del derecho a la
libertad de pensamiento y expresión561. (…)
149. Frente al derecho a la privacidad, cabe destacar la resolución “El derecho a la privacidad
en la era digital”, adoptada el 18 de diciembre de 2013 por la Asamblea General de las
Para mayor información, véase: CEDH, Szabó y Vissy Vs. Hungría, Sentencia de 6 de junio de 2016.
ONU, Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, Frank La Rue, 17
de abril de 2013. Disponible en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G13/133/06/PDF/G1313306.pdf?OpenElement
559 ONU, Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, Frank La Rue, 17
de abril de 2013. Disponible en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G13/133/06/PDF/G1313306.pdf?OpenElement
560 CEDH, Szabó y Vissy Vs. Hungría, Sentencia de 6 de junio de 2016, párrs. 36-37.
561 Naciones Unidas. Asamblea General. Report of the Special Rapporteur on the promotion and protection of the right to freedom of
opinion and expression, Frank La Rue. A/HRC/23/40. 17 de abril de 2013. Párr. 81.
557
558
62
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos