a las señoras Elizabeth Abi-Mershed, entonces Secretaria Ejecutiva Adjunta, y Silvia
Serrano Guzmán y Paulina Corominas como asesoras legales.
4.
Solicitudes de la Comisión.- La Comisión solicitó a este Tribunal que concluya y
declare la responsabilidad internacional de Argentina por las violaciones establecidas
en el Informe de Fondo, y que le ordene, como medidas de reparación, las
recomendaciones incluidas en el mismo (supra notas a pie de página 2 y 3).
II.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
5.
Notificación al Estado y a los representantes. – El sometimiento del caso fue
notificado al Estado y a los representantes (infra párr. 6) el 7 de febrero de 2018.
6.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 25 de mayo 2018 el CELS y
Lhaka Honhat (en adelante, en referencia a ambas entidades, “los representantes”)
presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de
solicitudes y argumentos”), conforme a los artículos 25 y 40 del Reglamento.
Coincidieron con las conclusiones de la Comisión sobre artículos convencionales
vulnerados (supra nota a pie de página 2). Además, alegaron la violación al derecho al
reconocimiento de la personalidad jurídica, a la libertad de asociación, a la libertad de
circulación y de residencia y a los derechos a la identidad cultural, a la alimentación
adecuada (en adelante también “derecho a la alimentación”) y a un medio ambiente
sano (en adelante también “derecho al ambiente sano”), que adujeron contenidos en el
artículo 26 de la Convención. Solicitaron que se ordene al Estado diversas medidas de
reparación y el reintegro de costas y gastos.
7.
Escrito de contestación. – El 4 de septiembre de 2018 el Estado presentó su
escrito de excepción preliminar, contestación al sometimiento del caso y de
observaciones al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante
“contestación”). Opuso un argumento que denominó “excepción preliminar” (infra párr.
15), negó las violaciones alegadas y respondió a las solicitudes de reparación.
8.
Audiencia Pública. – El 8 de febrero de 2019 el entonces Presidente de la Corte4
(en adelante, “el Presidente”) emitió una Resolución mediante la que convocó al
Estado, a los representantes y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública
respecto a la aducida “excepción preliminar” y los eventuales fondo, reparaciones y
costas, para escuchar los alegatos y observaciones finales orales de las partes y de la
Comisión, respectivamente. Además, convocó a declarar en esa audiencia a dos
personas integrantes de comunidades indígenas, propuestas por los representantes, y
a dos peritas, una propuesta por el Estado y otra por la Comisión. Asimismo, ordenó
recibir declaraciones ante fedatario público (affidávits) de ocho declarantes propuestos
por el Estado: cinco personas integrantes de comunidades indígenas presuntas
víctimas y tres testigos, así como también de una perita y un perito, propuestos por
los representantes. La audiencia se celebró el 14 de marzo de 2019 en la sede de la
Corte, durante su 130º Período Ordinario de Sesiones5. En el curso de la misma,
4
En la fecha indicada el Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot era Presidente de la Corte.
5
A dicha audiencia concurrieron: a) por la Comisión Interamericana: Luis Ernesto Vargas,
Comisionado; Silvia Serrano Guzmán y Paulina Corominas, abogadas de la Secretaría Ejecutiva; b) por las
presuntas víctimas: Francisco Pérez y Rogelio Segundo, miembros de Lhaka Honhat, y Diego Morales, Matías
Duarte y Erika Schmidhuber Peña, del CELS, y c) por el Estado: Javier Salgado, Agente Titular, Director del
Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto;
Ramiro Badía, Agente Alterno y Director Nacional de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Derechos
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