-5autodefensa civil, sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas, y hostigamientos o cualquier forma de violencia o discriminación de género; d) Concierte las medidas a adoptarse con la beneficiaria y sus representantes; y e) Ordene al Estado que se abstenga de continuar con la tramitación de la iniciativa de ley 5377, que contempla la emisión de una amnistía general por graves violaciones a los derechos humanos, que no admiten exoneración de responsabilidad penal conforme la presente sentencia. 7. En el referido escrito, las representantes de las víctimas expusieron los siguientes hechos y argumentos “en que se fundamenta la […] solicitud”: a) b) c) d) e) f) g) h) i) En cumplimiento parcial del punto resolutivo 18 de la Sentencia de la Corte, el Estado, a través del Ministerio Público, “reabrió la investigación identificada como MP0012012-69161 de la Agencia 4 de la Unidad de Casos Especiales del Conflicto Armado Interno, por violaciones cometidas por patrulleros civiles de autodefensa civil en Rabinal, Baja Verapaz, en contra de mujeres achís durante el conflicto armado interno”; de las 34 mujeres víctimas de violencia sexual, 9 de ellas son víctimas del presente caso; Dicha causa está siendo conocida por “el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Mayor Riesgo grupo A de la ciudad de Guatemala”; A petición del Ministerio Público, el 10 de mayo de 2018 el “Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y delitos contra el ambiente Mayor Riesgo Grupo A de Guatemala, dictó orden de aprehensión en contra de diez ex patrulleros de auto defensa Civil por delito contra los deberes de humanidad”, logrando capturar a 7, mientras que los otros 3 se dieron a la fuga; A los 7 ex patrulleros capturados se les dictó auto de procesamiento y prisión preventiva; “A partir de estas capturas, comenzaron a darse una serie de amenazas de muerte en contra de las víctimas, en forma directa o mediante terceras personas. Estas amenazas fueron proferidas principalmente por los hijos y familiares de los ex patrulleros procesados, los cuales han indicado que ‘en cuanto conozcan la identidad física de las víctimas y testigos las van a matar’”. En el proceso penal se ha mantenido bajo reserva de identidad los nombres de las víctimas; “Estas amenazas se han incrementado en la medida que se acerca la audiencia de fase intermedia, en la cual se discutirá si el proceso pasa a la etapa de juicio oral. La audiencia de procedimiento intermedio se tenía prevista para los días 28, 29 y 30 de enero del presente año, pero no se realizó”; Por “el poder y peligrosidad de las familias de las personas detenidas, la mayoría de las víctimas y testigos amenazadas se ha[n] abstenido de denunciar ante las autoridades estos hechos”. Una de las víctimas interpuso una denuncia el 3 de agosto del año 2018 ante “la Fiscalía municipal de Rabinal […] en la cual hace ver las amenazas de muerte […]” y la otra “ante la agencia 4 de Unidad de Casos Especiales del Conflicto Armado Interno de la Fiscalía de Sección de Derechos Humanos, con fecha tres de octubre del 2018, indicando la persistencia de dichas amenazas”. Según las representantes “[h]asta el momento, las víctimas no han sido informadas del resultado de dichas investigaciones por parte del Ministerio Público”; “[E]l Estado no ha tomado ninguna medida específica de protección a favor de las víctimas y testigos”; Se refirieron al avance que ha tenido en el trámite del Congreso la iniciativa de Ley 5377 que “dispone aprobar, reformas al decreto número 145-96 del Congreso de la República, Ley de Reconciliación Nacional”, de manera que se conceda una amnistía general para todos los delitos cometidos durante el conflicto armado interno y se

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