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Escué, Myriam Escué, hija, Francia, Ayender, Omar, Alveiro, Aldemar y Yonson,
hermanos, y de Bertha Escué Coicue, su compañera al momento de su muerte.
35.
De conformidad con lo informado por el Estado, durante el acto de
reconocimiento la Vicecanciller expresó en su discurso que:
Respecto de [los] hechos, el Estado colombiano, al igual que lo hizo en su momento ante
la Corte, reconoce ante los familiares, ante el pueblo Paez y ante la comunidad nacional
e internacional, la responsabilidad que le corresponde por la violación de los derechos
humanos a la vida, la integridad personal, la libertad personal y la inviolabilidad de
domicilio de Germán Escué Zapata.
Asimismo, reconoce su responsabilidad por la violación de los derechos a la integridad
personal, garantías judiciales y la protección judicial en perjuicio de doña Etelvina
Zapata, Don Mario Pasu, y de Myriam Escué, Ayender Escué, Omar Zapata, Francya Doli
Escué, Julio Albeiro Pasu Zapata, Aldemar Escué y Yonson Escué.
Rechazamos estos actos y nos avergonzamos de que hayan ocurrido en contra de
personas inocentes. Les pedimos perdón por el sufrimiento que se les ha ocasionado.
[…]
Somos conscientes de que nada podrá reemplazar a Germán o reparar el dolor que
causó la muerte, de quien para ustedes era hijo, padre, hermano e integrante de la
comunidad. Sin embargo, esperamos que esta declaración y las demás acciones que se
han emprendido, contribuyan al resarcimiento del dolor que han sufrido.
Manifestamos nuestra solidaridad con los familiares y con la comunidad; esperamos que
este gesto nos permita continuar avanzando para reestablecer su confianza en las
instituciones del Estado y la sociedad.
[…]
Para algunos de los presentes, esta es la primera vez que rinden homenaje a la vida de
Germán Escué. Para sus familiares él siempre está presente. Recordarlo hoy es un
ejercicio tan doloroso como necesario porque tenemos la obligación de no olvidar que
estos hechos ocurrieron, para que nunca vuelvan a repetirse, por nuestra democracia,
porque la memoria individual, pero especialmente la colectiva, son una herramienta vital
para la historia y la construcción de un camino hacia la reconciliación.
Les agradezco, de nuevo la oportunidad que nos han dado hoy para aportar una semilla
en la construcción de confianza, el fortalecimiento de nuestra democracia y el
cumplimiento de nuestros deberes éticos y legales para con las víctimas, para con la
comunidad y para con la sociedad en su conjunto. Es nuestro deber, compromiso y
voluntad trabajar en procura de la justicia, de la verdad y la reparación para garantizar
un país major para nuestros hijos. En esta convicción reiteramos nuestro ánimo y
nuestra invitación a construir conjuntamente ese mejor futuro.
36.
Los representantes manifestaron que “[e]l acto de reconocimiento de
responsabilidad fue concebido por la familia Escué y por la comunidad, como un
escenario no sólo de desagravio y perdón público de las autoridades del Estado,
sino como un espacio de evocación de la memoria de Germán Escué Zapata”. Por
lo anterior, solicitaron que se “[d]eclare que se dio cumplimiento al acto de
reconocimiento de responsabilidad del Estado por el homicidio de Germán Escué”.
37.
La Comisión tomó nota de la información aportada por el Estado y los
representantes y “consider[ó] que la información disponible indica que el Estado
habría dado cumplimiento a lo ordenado en la [S]entencia”.
38.
La Corte valora el reconocimiento de responsabilidad estatal efectuado por
el Estado, el cual significó para los familiares y para la Comunidad del Resguardo
de Jambaló un importante medio para la recuperación de la memoria histórica de
la víctima y el fortalecimiento de la Comunidad del Resguardo. Asimismo, este
tipo de actos constituyen un medio eficaz para alcanzar la reconciliación. La
Corte, igualmente, resalta y valora la disposición del Estado, los representantes,
los familiares del señor Escué Zapata y de la Comunidad del Resguardo de
Jambaló, para acordar y coordinar conjuntamente las medidas más adecuadas
para cumplir de manera plena con esta medida de reparación. La Corte aprecia
además, que se haya realizado el acto de conformidad con los usos y costumbres
del Pueblo Nasa, como la traducción de los mensajes a su lengua nasa yuwe, la