10
B) VALORACIÓN DE LA PRUEBA
Valoración de la Prueba Documental
29.
En este caso, como en otros, el Tribunal admite el valor probatorio de aquellos
documentos presentados oportunamente, por las partes que no fueron controvertidos ni
objetados, ni cuya autenticidad fue puesta en duda14.
30.
En cuanto a los documentos remitidos como prueba por los representantes y el Estado
fuera de las oportunidades procesales señaladas en el artículo 44.1 del Reglamento, el Tribunal
los incorpora al acervo probatorio, ya que algunos constituyen prueba para mejor resolver15,
de acuerdo con el artículo 45.1 del Reglamento, y otros constituyen prueba de hechos
supervenientes16, según los dispuesto en el artículo 44.3 del Reglamento. Con respecto a los
documentos presentados por el perito Ernesto Albán Gómez durante la audiencia pública17, la
Corte los incorpora al acervo probatorio conforme al artículo 45 del Reglamento por
considerarlos útiles.
31.
Por otra parte, la Corte agrega al acervo probatorio, por considerarlos útiles para la
resolución de este caso, en aplicación del artículo 45.2 del Reglamento, los documentos que
fueron solicitados por la Corte, y que fueron enviados por el Estado, los representantes y la
Comisión18.
14
Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párr.
140; Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz, supra nota 13, párr. 41; Caso Zambrano Vélez y otros, supra nota
9, párr. 37; y Caso Escué Zapata, supra nota 12, párr. 25.
15
Los representantes remitieron los siguientes documentos: el conjunto de documentos presentados como
anexos a los alegatos finales escritos de los representantes que contiene parte del expediente judicial interno No. 01097-AP que corresponden a los folios 2102 a 2161 del expediente que consta en este Tribunal. Por su parte, el Estado
remitió los siguientes: la comunicación de 21 de agosto de 2007 presentada por el Estado en la que el Hospital
Metropolitano (CONCLINA C.A.) informó acerca de las normas que regulan la custodia y administración del expediente
clínico y las relaciones contractuales y laborales de los profesionales de la salud; el documento denominado
“Expediente único para la Historia Clínica, manejo del registro médico orientado por problemas, guía para el análisis,
rediseño de los formularios básicos” del Consejo Nacional de Salud, Ministerio de Salud Pública, el documento
denominado Macroproceso de Planificación.
La resolución del 16 de octubre de 2007 emitida por el Juzgado Quinto de lo Penal; el recurso de apelación
interpuesto por los padres de Laura Albán el 25 de octubre de 2007; y el oficio del Juzgado Quinto de lo Penal de 29
de octubre de 2007.
16
A saber: decisión de la Primera Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de 7 de septiembre de 1999
en relación con el recurso de Casación interpuesto en el proceso No. 327-96-EP (expediente de fondo, reparaciones y
cosas, Tomo III, f. 305 a 306); y decisión de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de 5 de
marzo de 2001 en relación con el recurso de Casación interpuesto en el proceso No. 42-2001(expediente de fondo,
reparaciones y cosas, Tomo III, f. 307 a 308).
17
Lista de documentos: Ley de Derechos y Amparo del Paciente, Ley No. 77 de 3 de febrero de 1995; Ley
Orgánica de Salud, Ley No. 67 de 22 de diciembre de 2006; Código de la Salud (1971) derogado por la Ley No. 67 de
22 de diciembre de 2006; Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, Ley No. 80 de 25 de septiembre de 2002;
Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, Decreto Ejecutivo No. 3611 de 28 de enero de 2003;
Ley de la Federación Médica Ecuatoriana. Decreto Supremo No. 3576-A de 17 de julio de 1979; Reglamento a la Ley
de Federación Médica Ecuatoriana, Acuerdo Ministerial No. 1460 de 26 de febrero de 1980; Código de Ética Médica,
Acuerdo Ministerial No. 14660-A de 17 de agosto de 1992; Reglamento de Concursos para la Provisión de Cargos
Médicos a Nivel Nacional, Decreto Ejecutivo 1082 de 20 de noviembre de 1989; y los comprobantes de los egresos que
las víctimas habrían realizado por concepto de costas y gastos.
18