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76.27. Las necropsias practicadas a los cadáveres de los señores Jorge Carpio
Nicolle, Juan Vicente Villacorta Fajardo, Alejandro Ávila Guzmán y Rigoberto Rivas
González estuvieron extraviadas por aproximadamente un año.
76.28. El 7 de julio de 1993 el vocero de la Policía Nacional, Darwin de León
Palencia, sufrió un accidente automovilístico cuando viajaba de San Pedro de
Chichicastenango, en el que perdió varios elementos recogidos en el lugar de los
hechos. El vocero indicó que al ingresar al hospital entregó las evidencias al agente
en turno, pidiéndole que las llevara a la Dirección General de la Policía Nacional; sin
embargo, esas pruebas nunca fueron recuperadas. El señor de León Palencia
manifestó que el accidente sufrido por él se debió a fallas en el sistema de frenos29.
76.29. El 19 de enero de 1994 fue incendiada la oficina del organismo judicial en el
que supuestamente se encontraba el expediente del caso Carpio Nicolle, esto es, el
Archivo de Santa Cruz de El Quiché; además, se encontraron restos de bombas
molotov entre los escombros. Al parecer, el expediente estuvo perdido por diez días.
76.30. En enero de 1994, a solicitud de Guatemala, el Departamento de Balística de
la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de México realizó un peritaje
sobre varios casquillos y balas relacionados con los hechos y el mismo año entregó
los originales del dictamen al señor Alfonso Reyes Calderón, Segundo Viceministro de
Gobernación de Guatemala30. Sin embargo, dicho dictamen no fue presentado al
juzgado sino hasta 1996.
76.31. El 8 de febrero de 1995 el Agente Fiscal del Ministerio Público, señor
Abraham Méndez García, denunció ante la Misión de Verificación de las Naciones
Unidas una serie de irregularidades, entre las que destacaba la desaparición de una
ojiva encontrada en el interior del vehículo donde viajaba el señor Jorge Carpio
Nicolle, la desaparición de las fotografías de las necropsias tomadas a los cuerpos de
las víctimas y la desaparición de la evidencia transportada por el vocero de la Policía
Nacional31.
76.32. El 25 de febrero de 1997 se constató, por medio de un reconocimiento
judicial realizado en el Gabinete de Identificación de la Policía Nacional, que no se
encontraban guardadas las ojivas que se usaron en el atentado. Sólo existía un
oficio en el que constaba que éstas habían sido remitidas al Juzgado Quinto de
Primera Instancia Penal de Sentencia que conocía el caso. Sin embargo, dicho
Juzgado no contaba con información sobre la ubicación de esta prueba. También
habían desaparecido las vainas y los proyectiles extraídos de los cuerpos de las
víctimas.
29
Cfr. denuncia presentada por el fiscal Abraham Méndez García el 8 de febrero de 1995 ante la
Comisión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (expediente de anexos a la demanda,
anexo 10, tomo I, vol. 2, folio 643).
30
Cfr. copia del expediente judicial interno del caso Carpio (expediente de anexos al escrito de
solicitudes y argumentos, anexo 1, Pieza XX).
31
Cfr. denuncia presentada por el fiscal Abraham Méndez García el 8 de febrero de 1995 ante la
Comisión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (expediente de anexos a la demanda,
anexo 10, tomo I, vol. 2, folios 635 a 659).