55. Las exhumaciones de los cadáveres de Richard Alexis Palma, Orangel José Figueroa, José Gregorio Bolívar Corro, Héctor Javier Muñoz Valerio y Joel Ronaldy Reyes Nava fueron realizadas los días 4 y 5 de febrero de 2004 por Antonietta de Dominicis y Leny Rojas, expertas adscritas a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; ambas profesionales rindieron el informe de 22 de marzo de 2004, en el que se refirieron a las exhumaciones efectuadas y a las autopsias practicadas, para lo cual acompañaron fotografías tomadas durante las diligencias 74. 56. En cuanto a Richard Alexis Palma, según la autopsia de 11 de noviembre de 2003, la causa de la muerte fue “shock hipovolémico por hemorragia interna debido a 01 herida por arma de fuego”75. Por su parte, en el informe de exhumación y autopsia de 22 de marzo de 2004 se concluyó que la causa de muerte fue “[fractura de cráneo debido a herida por arma de fuego a la cabeza]”, habiéndose precisado que del examen realizado al cadáver se constató que previamente no se le había practicado autopsia craneana 76. 57. Respecto de Orangel José Figueroa, la autopsia de 11 de noviembre de 2003 señaló que la causa de la muerte fue “shock hipovolémico por hemorragia interna debido a herida por arma de fuego”77. En el informe de exhumación y autopsia de 22 de marzo de 2004 se indicó que la causa de muerte fue “[shock hipovolémico debido a herida por arma de fuego]”, y se refirió que previamente no se había practicado autopsia craneana78. 58. En cuanto a José Gregorio Bolívar Corro, la autopsia de 11 de noviembre de 2003 concluyó que la causa de muerte fue “traumatismo cráneo encefálico y shock hipovol[é]mico por herida de arma de fuego” 79. Según el informe de exhumación y autopsia de 22 de marzo de 2004, la causa de muerte fue “[fractura de cráneo debido a herida por arma de fuego a la cabeza]”. Asimismo, en dicho informe se indicó que del examen del cadáver se constató que previamente no se había practicado autopsia craneana80. Cfr. Actuaciones citadas por el Estado en su escrito de observaciones de 20 de septiembre de 2013 (expediente de prueba, tomo II, trámite ante la Comisión, folios 755 y 760). Véase también, Acta de exhumaciones de 22 de marzo de 2004 (expediente de prueba, tomo I, anexo 22 al informe de fondo, folios 90 a 92, y expediente de prueba, tomo II, anexo a la petición inicial en el trámite ante la Comisión, folios 230 a 278). Se hace constar que la copia del acta referida, incorporada como prueba al presente proceso, incluyó informe de exhumaciones y autopsias, así como las respectivas fotografías de las diligencias, correspondientes a los cadáveres de Richard Alexis Palma, Orangel José Figueroa, José Gregorio Bolívar Corro y Héctor Javier Muñoz Valerio, no así de Joel Ronaldy Reyes Nava, respecto del cual únicamente fueron incluidas fotografías de la diligencia. Véase también, Declaración rendida por Antonietta de Dominicis (expediente de prueba, tomo VII, affidávits, folio 1788). 74 Cfr. Actuación citada por el Estado en su escrito de observaciones de 20 de septiembre de 2013 (expediente de prueba, tomo II, trámite ante la Comisión, folio 724). 75 Cfr. Acta de exhumaciones de 22 de marzo de 2004 (expediente de prueba, tomo I, anexo 22 al informe de fondo, folios 91 y 92). El informe detalló además que el proyectil siguió un “[t]rayecto de atrás adelante, de derecha a izquierda y de abajo arriba” y que no se apreciaron lesiones traumáticas en el resto del cuerpo. 76 Cfr. Actuación citada por el Estado en su escrito de observaciones de 20 de septiembre de 2013 (expediente de prueba, tomo II, trámite ante la Comisión, folio 724). 77 78 Cfr. Acta de exhumaciones de 22 de marzo de 2004 (expediente de prueba, tomo II, anexo a la petición inicial en el trámite ante la Comisión, folios 237 y 238). El informe también señaló que no se observaron lesiones traumáticas en cabeza y cuello, que se apreció la existencia de “fracturas de arcos costales derechos e izquierdo [que] podrían corresponder al trayecto de un proyectil [de arma de fuego]”, y a nivel de pelvis ósea, “dos orificios de entrada producidos por el paso de proyectil, disparado por arma de fuego”. Cfr. Actuación citada por el Estado en su escrito de observaciones de 20 de septiembre de 2013 (expediente de prueba, tomo II, trámite ante la Comisión, folios 723 y 724). 79 Cfr. Acta de exhumaciones de 22 de marzo de 2004 (expediente de prueba, tomo II, anexo a la petición inicial en el trámite ante la Comisión, folios 251 a 253). El informe indicó que el cráneo presentaba fractura producida por proyectil de arma de fuego con “[t]rayecto de delante atrás, de izquierda a derecha y de arriba abajo”, que a nivel de hemitórax se observó “pérdida de tejido de 4 cm, el cual corresponde a orificio de entrada producido por el paso de proyectiles múltiples (perdigones) […] sin orificios de salida”, y que “[e]n hipocondrio derecho se apreci[ó] pérdida 80 18

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