27 76. El señor García Lucero ha recibido compensaciones monetarias bajo distintas leyes. y continúa recibiendo tres tipos de B.2.1) Beneficio como Exonerado Político bajo la Ley No. 19.234 77. La solicitud realizada por el señor García Lucero de ser reconocido como “exonerado político” (supra párr. 75) fue aprobada75. En consecuencia, él recibe una pensión mensual de por vida76, cuyo monto, de conformidad con lo informado por las representantes, ascendía para enero de 2012 a $141.081,00 (ciento cuarenta y un mil ochenta y uno pesos chilenos), equivalente a US$288,48 (doscientos ochenta y ocho dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y ocho centavos), de los cuales recibe $136.167,00 (ciento treinta y seis mil ciento sesenta y siete pesos chilenos) equivalentes a US$278.432,00 (doscientos setenta y ocho dólares de Estados Unidos de América con cuarenta tres centavos), ya que un 7% del monto es descontado para el Fondo Nacional de Salud (FONASA). El señor García Lucero recibe esta pensión desde el año 200077, cuando le fue decretado dicho beneficio, Respecto a la solicitud presentada por el señor García Lucero consta también una nota de 1 de diciembre de 1994, dirigida a él por el Coordinador Nacional del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, señor Humberto Lagos Schuffeneger, quien indicó que “[Han] recibido sus antecedentes en los que solicita acogerse a los beneficios previsionales que establece la Ley No. 19.234, para aquellas personas que obtengan la calificación de exonerado político” (Expediente ante la Comisión, Tomo I, f. 746). 75 Cfr. “Prueba de reconocimiento como exonerado político” (Expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Tomo II, Anexo 29, fs. 2685 a 2687), Decreto Exento No. 49 de 6 de febrero de 1996, y carta de 13 de febrero de 1996, dirigida al señor García Lucero, suscrita por el Coordinador Nacional del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, señor Humberto Lagos Schuffeneger (Expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Tomo II, Anexo 29 fs. 2685 y 2686). 76 La pensión mensual del señor García Lucero “a partir del 1 de septiembre de 1998” era de $79.776.00 (setenta y nueve mil setecientos setenta y seis pesos chilenos) (Cfr. “Prueba de reconocimiento como exonerado político”, supra; Certificado emitido en enero de 2001 por el Coordinador Nacional del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, señor Humberto Lagos Schuffeneger). El Estado indicó que dicha pensión mensual, por el monto indicado, “se concedi[ó] al [señor] García Lucero” el “13 de octubre de 2000”, pero que “devengó desde el […] 1 de septiembre de 1998”, y que el monto aludido es “equivalente aproximadamente” a “US$140” (ciento cuarenta dólares de los Estados Unidos de América) “de la época”. (Comunicación del Estado de 1 de octubre de 2009, recibida por la Comisión el 5 de octubre siguiente. Expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 10, fs. 154 a 159), y para diciembre de 2008 era de $133.059 (ciento treinta y tres pesos chilenos con cinco centésimos) (Cfr. Certificación del Instituto de Normalización Previsional, Unidad de Liquidación de Pensiones Exonerados, documento anexo a comunicación del Estado recibida el 5 de octubre de 2009 por la Comisión. Expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 9, f. 152). Para febrero de 2011 ascendía a $136.439.00 (ciento treinta y seis mil cuatrocientos treinta y nueve pesos chilenos), de los cuales recibía $126.888.00 (ciento veintiséis mil ochocientos ochenta y ocho pesos chilenos), ya que $9.551.00 (nueve mil quinientos cincuenta y un pesos chilenos) eran descontados para el Fondo Nacional de Saludo (FONASA) (Cfr. Liquidación de pago emitida por el banco BBVA, con “fecha de pago” 17 de febrero de 2011. Expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Tomo II, Anexo 26, f. 2642). En relación con el monto total recibido para esta pensión, según el cálculo realizado por las representantes, el señor García Lucero había recibido entre el 2000 y el 2008 la suma de USD$14.880.00 (catorce mil ochocientos ochenta dólares de los Estados Unidos de América) (Cfr. Comunicación de los peticionarios de 19 de diciembre de 2008, recibida por la Comisión el 22 de los mismos mes y año. Expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 11, fs. 161 a 174). Mientras que según el cálculo realizado por el Estado habría recibido, para octubre del año 2009, un total de USD$25.500.00 (veinticinco mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) (Cfr. Comunicación del Estado de 1 de octubre de 2009, recibida por la Comisión el 5 de octubre siguiente, supra). La Certificación dl Instituto de Normalización Previsional, Unidad de Liquidación de Pensiones Exonerados, supra, establece que entre septiembre de 1998 y diciembre de 2008 se cancelaron a favor del señor García Lucero $14.188.016 (catorce millones ciento ochenta y ocho mil pesos chilenos con un céntimo) más $234.626,00 (doscientos treinta y cuatro mil seiscientos veintiséis pesos chilenos) como “aguinaldo”, y $993.161,00 (novecientos noventa y tres mil ciento sesenta y un pesos chilenos) fueron descontados para el Fondo Nacional de Salud (FONASA). 77 La Comisión señaló que existe una discrepancia en relación con el día y mes del año 2000 en el cual habría sido aprobada la pensión. El Estado indicó que fue desde el 13 de octubre de 2000 (Cfr. Comunicación del Estado de 1 de octubre de 2009, recibida por la Comisión el 5 de octubre siguiente, supra), mientras que los peticionarios

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