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reparación ordenada en el punto resolutivo décimosexto de la Sentencia, relativa a construir
una vivienda para el padre y la madre del señor Renato Ticona, asumiendo los gastos
relacionados con su construcción y en común acuerdo con ellos como parte de la
compensación por el daño inmaterial sufrido.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
En el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones y de
conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto, y 31.2 y 69 de su Reglamento,
RESUELVE:
1.
Declarar, de conformidad con lo señalado en el Considerando 5 de la presente
Resolución, que el Estado ha dado cumplimiento total a la medida de reparación ordenada
en el punto resolutivo decimosexto de la Sentencia, relativa a construir una vivienda para el
padre y la madre del señor Renato Ticona, asumiendo los gastos relacionados con su
construcción y en común acuerdo con ellos como parte de la compensación por el daño
inmaterial sufrido.
2.
Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento respecto de las
medidas de reparación ordenadas en los puntos resolutivos décimo, undécimo, duodécimo y
decimocuarto (supra Considerando 1) de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas
dictada el 27 de noviembre de 2008 en el Caso Ticona Estrada y otros.
3.
Requerir al Estado que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a
más tardar el 9 de diciembre de 2016, un informe en el cual indique las medidas adoptadas
para cumplir con las reparaciones ordenadas por esta Corte.
4.
Solicitar al representante de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos que presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el
punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente,
contados a partir de la recepción del informe.
5.
Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado, al
representante de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Ticona Estrada y otros
Vs. Bolivia. Supervisión de cumplimiento de sentencia.
Roberto F. Caldas
Presidente