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Y RESUELVE:
1.
Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para
dar efecto y pronto cumplimiento a los puntos pendientes de las Sentencias de fondo
y de reparaciones de 18 de agosto de 2000 y 3 diciembre de 2001, respectivamente,
dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Cantoral
Benavides, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos.
2.
Solicitar al Estado que presente a la Corte, a más tardar el 31 de enero de
2005, un informe detallado sobre las gestiones realizadas con el propósito de cumplir
las obligaciones pendientes conforme las Sentencias de fondo y reparaciones,
señaladas en el punto declarativo segundo de la presente resolución.
3.
Solicitar a los representantes del señor Luis Alberto Cantoral Benavides y sus
familiares que presenten observaciones al informe del Estado en el plazo de cuatro
semanas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el plazo de seis
semanas, contados a partir de la recepción del mencionado informe,
respectivamente.
4.
Notificar la presente Resolución de cumplimiento al Estado, a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes del señor Luis Alberto
Cantoral Benavides y sus familiares.
Sergio García-Ramírez
Presidente
Alirio Abreu-Burelli
Oliver Jackman
Antônio A. Cançado Trindade
Cecilia Medina-Quiroga
Manuel E. Ventura-Robles
Pablo Saavedra-Alessandri
Secretario
Diego García-Sayán