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inconvenientes con la beneficiaria”. Asimismo, agregó que el Ministerio de Defensa
había informado que la queja de la beneficiaria había sido enviada al Comando
Operativo del Batallón de la ciudad de Medellín para que se investigaran los
hechos denunciados. Además, indicó que si bien era cierto que en la zona de
residencia de los beneficiarios se presentaban disturbios entre las bandas
delincuenciales, la Alcaldía Municipal venía adelantando campañas de seguridad,
para preservar la vida de los habitantes de la Comuna, y la Policía Nacional
“ha[bía] dispuesto más mecanismos de vigilancia y uniformados por los sectores
en donde residen l[o]s beneficiarios”.
b. Con respecto a los hechos del 25 de agosto de 2010 (supra Considerando 65.f), el
Estado informó que ese día se produjo un enfrentamiento entre pandillas al
servicio de organizaciones del narcotráfico en la Comuna 13 de Medellín. Afirmó
que en ningún momento los agentes de la Policía Nacional ingresaron de manera
irregular o realizaron un allanamiento ilegal en la residencia de la señora Mery
Naranjo, puesto que los hechos se presentaron al momento en que la Policía
perseguía a los responsables de la situación generada, por lo cual aclaró que “las
referidas personas que vestían de civil no eran agentes de la policía sino
integrantes pertenecientes a un grupo delincuencial del sector”. Destacó que la
vivienda de la beneficiara se encuentra en la “frontera imaginaria que demarca el
territorio” de dos grupos delincuenciales que se disputan el control de esa zona,
por lo cual “se ha visto directamente afectada […] por los enfrentamientos que se
presentan”. Agregó que el día de los hechos el personal policial que se encontraba
en servicio en la residencia de la beneficiaria “se vio en la necesidad de apoyarse
con unidades del Ejército Nacional”. Además manifestó que el Ministerio de
Defensa “no recibió queja alguna por parte de la beneficiaria respecto de la
ocurrencia de estos hechos”.
c. El Estado también se refirió al contexto de violencia que se vive en la Comuna 13
de Medellín donde residen los beneficiarios, lo cual consideró producto, entre otras
razones, de los grupos delincuenciales, la conformación y enfrentamientos entre
bandas criminales, asesinatos y tráfico de armas. Sin embargo, señaló que se
están tomando medidas para reducir los niveles de violencia y de delincuencia que
se venían presentando, así como hizo referencia a lo que consideró resultados de
dichas medidas que reflejan “una disminución de los niveles de criminalidad que
se presentan en la Comuna”.
67.
En respuesta a lo indicado por el Estado con respecto a lo ocurrido el 25 de agosto
de 2010 (supra Considerando 66.b), los representantes remitieron una declaración
notariada escrita por la señora Mery Naranjo donde corrobora que fue “la Policía Nacional
en compañía de un grupo de hombres vestidos de civil” quienes entraron a su casa de
manera ilegal buscando armas en la referida fecha.
68.
En relación con estas situaciones, la Comisión manifestó su preocupación por los
nuevos hechos de violencia informados por los representantes en relación con las
beneficiarias Mery Naranjo Jiménez y María del Socorro Mosquera Londoño, por lo cual
solicitó a la Corte que requiriera al Estado información detallada los mismos, así como
sobre “las medidas adoptadas para contrarrestarlos” y las investigaciones iniciadas al
respecto. En particular, destacó que el Estado no hubiera hecho referencia en su informes
a los hechos reportados por los representantes relativos a “panfletos, asesinatos,
explosiones en las horas de la noche y alteración del orden público por enfrentamientos
entre paramilitares y narcotraficantes”, que colocarían a los beneficiarios en una situación
de riesgo, por lo cual reiteró que consideraba necesario que Colombia brindara
información detallada en ese sentido, y sobretodo “tom[ara] en cuenta dichas amenazas
en las medidas que adopt[ara] para salvaguardar la integridad personal de l[o]s
beneficiarios”. Consideró que “la información proporcionada en relación con los hechos
del 25 de agosto de 2010 puede reflejar un ejemplo más de [la] situación de
desprotección” de los beneficiarios. Estimó necesario que el Estado adopte las medidas