DECIDE:
Por unanimidad,
1.
Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas emitida en el Caso Manuela y otros Vs. El Salvador presentada por las
representantes de las víctimas, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de Interpretación.
2.
Aclarar, por medio de Interpretación, la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo y
Reparaciones en el Caso Manuela y otros Vs. El Salvador, en lo que se refiere a los plazos para que los
hijos de Manuela manifiesten su interés de recibir becas educativas, en los términos del párrafo 16 de la
presente Sentencia de Interpretación.
3.
Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Manuela y otros Vs. El Salvador,
presentada por las representantes de las víctimas en lo que se refiere al alcance de las medidas de
rehabilitación, en los términos de los párrafos 20 y 21 de la presente Sentencia de Interpretación.
4.
Aclarar, por medio de Interpretación, la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo y
Reparaciones en el Caso Manuela y otros Vs. El Salvador, en lo que se refiere al cómputo del plazo para
que la Corte supervise la medida de reparación dispuesta en el párrafo 299 de la Sentencia, en los
términos del párrafo 26 de la presente Sentencia de Interpretación.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Sentencia de Interpretación a la
República de El Salvador, a las representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Manuela y otros Vs. El Salvador. Interpretación de la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de julio de 2022. Sentencia adoptada
en San José, Costa Rica por medio de sesión virtual.
L. Patricio Pazmiño Freire
Presidente en ejercicio
Humberto Antonio Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Eugenio Raúl Zaffaroni
Ricardo C. Pérez Manrique
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