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peticionarios, para evaluar las medidas inmediatas que deberá adoptar el
Gobierno de la Provincia de Mendoza. El gobierno local ha manifestado que
implementaría las siguientes medidas inmediatas:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
instalación de un sistema completo de cámaras de seguridad;
incorporación de nuevos agentes penitenciarios;
instalación y refuerzo de los sistemas de iluminación del penal;
evaluación de la constitución del Poder Ejecutivo provincial como
querellante en las causas en las que se investigan los sucesos
que provocaron las muertes y lesiones; y
designación inmediata de un Ombudsman penitenciario.
d) se ha considerado un plan de medidas urgentes orientadas a moderar el
hacinamiento, así como a mejorar las condiciones sanitarias, consistentes en
acciones de implementación inmediata complementarias del plan de trabajo a
corto, mediano y largo plazo; y
e) renueva su firme voluntad en realizar sus mejores esfuerzos para
cumplimentar lo requerido por la Corte.
12.
El escrito de 6 de diciembre 2004, mediante el cual los representantes
informaron que un interno había sido asesinado y descuartizado en el Pabellón No. 7
de la Penitenciaría de Mendoza.
13.
El escrito de 6 de diciembre 2004, mediante el cual los representantes
remitieron las observaciones a la respuesta del Estado (supra Visto 11). Al respecto,
manifestaron, inter alia, que:
a) existe una duplicidad de realidades, por una parte el Estado contesta y
manifiesta sus promesas de cumplimiento y, por otro, el gobierno de la
Provincia de Mendoza realiza lo contrario;
b) el asesinato y descuartizamiento del interno se produjo con tiempo suficiente
para eviscerarlo;
c) no se ha dispuesto ningún tipo de dispositivo, guardias o medida alguna
tendiente a preservar la vida y la integridad física de los internos;
d) no se ha incorporado personal para establecer sistemas de vigilancia
efectivos; no hay cámaras en el Pabellón No. 7; no se ha hecho nada respecto
de los sistemas de iluminación;
e) la designación de un defensor penitenciario es sólo una promesa;
f) continúa el hacinamiento en las celdas;
g) no se ha contratado personal de trabajo social y psicólogos;
h) no hay avances en la situación sanitaria;
i) no se ha realizado censo alguno; y
j) se reemplazó al Director del Penal por otro funcionario pero se mantuvo a la
cúpula del Ministerio de Justicia y Seguridad que conduce la supuesta
implementación de un plan de estas medidas.
14.
El escrito de 9 diciembre 2004, mediante el cual los representantes
informaron que se produjeron más heridos en la Penitenciaría de Mendoza.
15.
El escrito de 9 diciembre 2004, mediante el cual la Comisión Interamericana
presentó sus observaciones al primer informe estatal. Al respecto, manifestó, inter
alia, que: