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vi.
vii.
viii.
ix.
x.
no existe formalmente un plan de contingencia para controlar
motines o enfrentar siniestros;
los internos no se encuentran separados por categorías, ni reciben
un trato diferenciado en atención a su edad, la evolución en el
cumplimiento de la pena, o la naturaleza de los delitos por los
cuales se encuentran condenados o procesados;
una de las causas frecuentes de la violencia entre presos es la
ausencia de actividades en las cuales ocuparse durante las horas
de recreo;
debido a la lentitud con la que actúan los operadores de justicia,
las personas recluidas no tienen régimen diferenciado y no hay
distinciones ni privilegios entre condenados y procesados. Dicha
situación podría empeorar por la declaratoria de emergencia del
sistema penitenciario de Mendoza que autoriza a las autoridades
del Ejecutivo provincial a no separar a los internos por categorías;
y
no ha entrado en funcionamiento el nuevo Juzgado de Ejecución
Penal;
c) con posterioridad a la orden de adopción de medidas provisionales, se
produjeron una serie de hechos de violencia que evidencian la continuidad de
la situación de inseguridad y la necesidad de ordenar una serie de acciones
específicas;
d) las recientes fugas de internos también ponen en evidencia las deficiencias
del sistema de seguridad;
e) la continuación de los hechos de violencia, incluidos dos homicidios cometidos
con posterioridad a la adopción de la resolución de medidas provisionales, así
como la continuada falta de seguridad y control, evidencian que el Estado no
ha dado pleno cumplimiento a su obligación de prevenir los ataques contra la
vida e integridad personal de los internos de la Penitenciaría, y que no ha
adoptado las medidas de seguridad indispensables para impedir nuevos
incidentes de violencia;
f) en cuanto a la investigación de los hechos violentos ocurridos en 2004 y
2005, que terminaron con la muerte de 18 internos y lesiones para otros
tantos, el Estado no ha informado el estado actual de dichas indagaciones y
sus resultados;
g) hasta la fecha prácticamente ningún funcionario administrativo o de seguridad
ha sido investigado ni sancionado, pese a múltiples denuncias de los internos
por maltrato físico y psicológico;
h) pese a que el gobierno federal ha solicitado constituirse en querellante en los
procesos iniciados en relación con los hechos violentos ocurridos en la
Penitenciaría, dichas solicitudes han sido sistemáticamente desechadas por
las autoridades judiciales provinciales;
i) el proceso de diseño e implementación de las medidas provisionales cuenta
con la participación de los representantes de los beneficiarios;
j) solicita a la Corte que inste al Estado a llevar a cabo investigaciones serias,
completas y ágiles para individualizar a los responsables e imponerles las
sanciones correspondientes. Además, que requiera al Estado información
urgente, concreta y detallada sobre las acciones emprendidas respecto de los
siguientes puntos:
i.
aumento de números de guardias y del cambio en los patrones de
vigilancia;