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14.
El Estado debe efectuar el pago por concepto de reintegro de gastos dentro
del plazo de un año, contado a partir de la notificación del presente fallo, en los
términos del párrafo 138 de esta Sentencia.
15.
Las obligaciones del Estado
ordenadas por este Tribunal en
exclusivamente en lo que respecta al
en esta Sentencia, a partir de la fecha
en el marco de las medidas provisionales
el presente caso quedan reemplazadas,
señor Raxcacó Reyes, por las que se ordenan
de notificación de la misma.
16.
Supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia, en ejercicio de sus
atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana,
y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal
cumplimiento a lo dispuesto en la misma. Dentro del plazo de un año, contado a
partir de la notificación de esta Sentencia, Guatemala deberá rendir a la Corte un
informe sobre las medidas adoptadas para la ejecución de la misma.
El Juez Sergio García Ramírez hizo conocer a la Corte su Voto Razonado Concurrente,
el cual acompaña esta Sentencia.
Sergio García Ramírez
Presidente
Alirio Abreu Burelli
Oliver Jackman
Antônio A. Cançado Trindade
Manuel E. Ventura Robles
Alejandro Sánchez Garrido
Juez ad hoc
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
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