proceso, falta de acceso a justicia y a la protección judicial, y discriminación, los hechos denunciados podrían
caracterizar posibles violaciones de los artículos 4, 5, 7, 8, 17, 24, 25 y 26 de la CADH respecto de Manuela, y
artículo 7 de la Convención de Belém do Pará. Además, la Comisión considera que los planteamientos realizados
bajo los artículos 1, 6 y 8 de la CIPST requieren un análisis en la etapa de fondo. Adicionalmente, en cuanto a
los familiares de Manuela, de ser probados los alegatos relativos a afectaciones a la integridad, falta de acceso
a la justicia y protección judicial, así como impedimentos de acceso a información y vulneraciones en la
protección de la familia, los hechos denunciados podrían caracterizar posibles violaciones de los artículos 5, 8,
13 y 25 de la CADH. Finalmente, en cuanto a los alegatos relativos a las inspecciones corporales experimentadas
por la madre de Manuela durante las visitas a la cárcel, la Comisión considera que caracterizan posibles
violaciones a los artículos 11 y 17 de la CADH.
IX.
DECISIÓN
1.
Declarar admisible la presente petición en relación con los artículos 4, 5, 7, 8, 11, 13, 17, 24,
25 y 26 de la Convención Americana, en concordancia con los artículos 1.1 y 2 de dicho tratado.;
2.
Declarar admisible la presente petición en relación con los artículos 1, 6 y 8 de la Convención
Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura;
3.
Declarar admisible la presente petición en relación con las presuntas violaciones del artículo
7 de la Convención de Belém do Pará;
4.
Notificar a las partes la presente decisión;
5.
Continuar con el análisis del fondo de la cuestión; y
6.
Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización
de los Estados Americanos.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 18 dias del mes de marzo de 2017. (Firmado):
Francisco José Eguiguren, Presidente; Margarette May Macaulay, Primer Vicepresidenta; Esmeralda E. Arosemena
Bernal de Troitiño, Segunda Vicepresidenta; Paulo Vannuchi, y James L. Cavallaro, Miembros de la Comisión.
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