- 23 defensa, promoción y fortalecimiento del Estado de Derecho, específicamente del área de justicia;
así como de la independencia y el respeto al estamento judicial hondureño”. Solo pueden ser
miembros de la asociación jueces, juezas y magistrados que se encuentren en servicio activo97.
69. Frente a los sucesos de junio de 2009, la AJD emitió un comunicado el 28 de julio de 2009
señalando su “profunda preocupación [por] la situación de ilegalidad y de resquebrajamiento de
todas las instituciones”. Asimismo, indicó que “espera[ba] del Poder Judicial, y en particular de la
Corte Suprema de Justicia, que cumpl[iera] con la función de garantía de los derechos
fundamentales y de límite de otros poderes del Estado, realizando un ejercicio jurisdiccional que
permita junto a otros actores el retorno del orden constitucional”98. En comunicados posteriores,
condenaron “la detención ilegal y vejámenes sufridos” por Luis Alonso Chévez de la Rocha99,
presunta víctima del caso, así como los procesos disciplinarios en contra de las presuntas víctimas y
otros funcionarios judiciales (infra párrs. 86 a 147)100.
B) Marco normativo
70. En el presente acápite se expondrán las normas que fueron utilizadas por las autoridades y
órganos estatales que intervinieron en los procesos disciplinarios contra las presuntas víctimas y
que son relevantes para el análisis de la responsabilidad internacional del Estado en este caso. En
este sentido, al momento de los hechos se encontraba vigente la Constitución Política de la
República Honduras de 1982 con reformas hasta el 20 de enero de 2006 (en adelante “la
Constitución”). Dicha Constitución preveía la creación de un Consejo de la Judicatura y la
promulgación de una ley que regulara su organización, alcance y atribuciones101. Sin embargo, para
el momento de los hechos dicha ley aún no había sido promulgada, por lo que eran aplicables la Ley
de la Carrera Judicial de 1980 y su Reglamento de 1987102. Asimismo, de acuerdo a lo informado
por las partes eran aplicables la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales de 1906 (con
sus reformas hasta 1988), el Reglamento Interno del Consejo de la Carrera Judicial de 1988 y el
Reglamento de la Inspectoría General de Tribunales de 1995103.
97
Cfr. Estatutos de la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD). Publicado en La Gaceta No. 31.528 de 10 de
octubre
de
2007,
artículos
6,
8
y
12
Disponible
en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/asociaciones/Documents/Estatutos%20Asociaci%C3%B3n%20de%20Jueces%20por%20la
%20Democracia.pdf
98
38).
99
41).
Comunicado de la Asociación de Jueces por la Democracia de 28 de julio de 2009 (expediente de prueba, folios 37 y
Cfr. Comunicado de la Asociación de Jueces por la Democracia de 14 de agosto de 2009 (expediente de prueba, folio
100
Cfr. Comunicado de la Asociación de Jueces por la Democracia de 7 de octubre de 2009 (expediente de prueba, folio
434), y Comunicado de la Asociación de Jueces por la Democracia de 3 de noviembre de 2009 (expediente de prueba, folio
45).
101
Cfr. Constitución Política de la República de Honduras de 1982 (con reformas hasta el 20 de enero de 2006), artículo
317, el cual establece: “Créase el Consejo de la Judicatura cuyos miembros serán nombrados por la Corte Suprema de
Justicia. La Ley señalara su organización, sus alcances y atribuciones. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados,
suspendidos, trasladados, descendidos, ni jubilados, sino por las causas y con las garantías previstas en la Ley”. Disponible
en:http://www.poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Leyes/Documents/CONSTITUCI%C3%93N%20DE%20LA%20REP%C3%9ABLICA
%20%2809%29.pdf
102
Cfr. Ley de la Carrera Judicial (expediente de prueba, folios 4150 a 4176), y Reglamento de la Ley de la Carrera
Judicial (expediente de prueba, folios 158 a 209).
103
Cfr.
Ley
de
Organización
de
Atribuciones
de
los
Tribunales.
Disponible
en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Leyes/Documents/LEY%20DE%20ORGANIZACI%C3%93N%20Y%20ATRIBUCIONES
%20DE%20LOS%20TRIBUNALES%20%28ACTUALIZADA-07%29.pdf; Reglamento Interno del Consejo de la Carrera Judicial
(expediente de prueba, folios 209 a 223), y Reglamento de la Inspectoría General de Tribunales. Disponible en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/regulacion/Documents/Reglamento%20de%20la%20Inspector%C3%ADa%2
0General%20de%20Tribunales.pdf