- 78 B.2.c) Parcialidad de la Corte Suprema de Justicia
229. La Comisión de la Verdad y Reconciliación concluyó que la Corte Suprema “se convirtió en un
actor protagónico” del golpe de Estado (supra párr. 65). Al respecto, este Tribunal recuerda que la
Corte Suprema de Justicia justificó el golpe de Estado como una “sucesión constitucional” (supra
párr. 63). Asimismo, la Corte reitera lo indicado en los párrafos 148 a 155 de esta Sentencia en el
cual se concluyó que el golpe de Estado en Honduras constituía un hecho ilícito internacional (supra
párr. 152), por el cual la Asamblea General de la OEA, en ejercicio de sus competencias y en
aplicación del artículo 21 de la Carta Democrática y 9 de la Carta de la OEA suspendió su derecho
de participación en dicha organización en julio de 2009 (supra párr. 151). La Corte concluyó que los
procesos disciplinarios en contra de las cuatro presuntas víctimas se iniciaron debido sus
actuaciones en defensa de la democracia y el Estado de Derecho (supra párr. 155).
230. El Estado alega que “las sanciones y despidos de [las presuntas víctimas] tienen su único
origen en la realización de conductas expresamente prohibidas a los jueces por las leyes
hondureñas”395. Sin embargo, además de lo ya indicado en el capítulo VII-1 supra, este Tribunal
advierte que todas las conductas sancionadas por la Corte Suprema y que originaron los procesos
disciplinarios de las presuntas víctimas tienen relación con el golpe de Estado de 2009 y las
actuaciones de las presuntas víctimas en contra de lo ocurrido, en abierta contradicción con la
postura adoptada por el máximo órgano judicial del país. Es así que la Corte Suprema de Justicia
ordenó la destitución de los jueces y la magistrada, presuntas víctimas en este caso, entre otros
motivos, por participar en una manifestación en contra del golpe de estado (Adán Guillermo López
Lone, supra párr. 95), por presuntamente haber participado en una manifestación en contra del
golpe de Estado (Luis Alonso Chévez de la Rocha, supra párr. 132), por realizar actos de
procuración y presentar una denuncia penal en contra del golpe del Estado (Tirza Flores Lanza,
supra párr. 115) y por ofrecer una opinión académico-jurídica calificando lo ocurrido como un golpe
de Estado (Ramón Barrios Maldonado, supra párr. 145).
231. Por el contrario, como se desprende de los hechos probados (supra párrs. 61 a 65), el pleno
de la Corte Suprema participó en el golpe de Estado defendiendo la legalidad de la privación de
libertad del expresidente Zelaya y su separación del poder. La Corte Suprema de Justicia, mediante
acta de 25 de junio de 2009, dio respuesta al requerimiento fiscal presentado contra del
expresidente Zelaya, y designó al juez natural para conocer el caso396. El 26 de junio de 2009, por
conducto del juez natural nombrado, dio orden de allanamiento de la vivienda del entonces
Presidente, por suponerlo responsable de la comisión de hechos delictivos en perjuicio de la
Administración Pública y del Estado de Honduras397. El 9 de junio de 2009, una jueza, “[c]on
instrucciones de este Tribunal de Justicia” ordenó la captura inmediata del expresidente Zelaya 398
(supra párrs. 49 y 62). Asimismo, entre el 28 de junio de 2009 y el 21 de agosto de 2009 la Corte
Suprema de Justicia emitió cinco comunicados de prensa justificando la legalidad de lo ocurrido
(supra párr. 65).
232. Específicamente respecto a la necesidad de ofrecer garantías de imparcialidad en los
procedimientos, en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre las violaciones a derechos humanos en Honduras desde el golpe de Estado, se
395
Escrito del Estado ante la Comisión de 14 de octubre de 2010 (expediente de prueba, folios 53 y 54)
396
Cfr. Corte Suprema de Justicia. Acta Número 34 de 25 de junio de 2009. Disponible
https://www.oas.org/es/sap/docs/DSDME/2011/CVR/Honduras%20-%20Informe%20CVR%20-%20TOMO-II-4.pdf,
Comunicado de la Corte Suprema de Justicia de 28 de junio de 2009 (expediente de prueba, folios 11 y 12).
en:
y
397
Cfr. Corte Suprema de Justicia. Orden de captura contra José Manuel Zelaya. 26 de junio de 2009. Disponible en:
https://www.oas.org/es/sap/docs/DSDME/2011/CVR/Honduras%20-%20Informe%20CVR%20-%20TOMO-II-4.pdf
398
Cfr. Corte Suprema de Justicia. Orden de Allanamiento. 29 de junio de 2009. Disponible
https://www.oas.org/es/sap/docs/DSDME/2011/CVR/Honduras%20-%20Informe%20CVR%20-%20TOMO-II-4.pdf
en: